Corte Suprema revoca devolución de 67 bienes electrónicos incautados a Martín Vizcarra. Foto: GEC.
Corte Suprema revoca devolución de 67 bienes electrónicos incautados a Martín Vizcarra. Foto: GEC.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dejó sin efecto la resolución que ordenaba devolver 67 bienes electrónicos incautados al expresidente Martín Vizcarra durante el allanamiento realizado el 18 de marzo de 2024 en sus domicilios de Lima y Moquegua.

Estas diligencias forman parte de la investigación preliminar a cargo de la Fiscalía de la Nación en el caso denominado Los Intocables de la Corrupción.

El tribunal adoptó esta decisión al declarar fundado el recurso de apelación presentado por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, contra la resolución emitida por el juez supremo Juan Carlos Checkley el 10 de diciembre de 2024. En aquella ocasión, el magistrado había declarado “fundada en parte” la solicitud de la defensa del exmandatario, presentada el 4 de octubre de 2024, para que se dispusiera la devolución de los equipos.

La fiscal de la Nación sostuvo que la resolución impugnada presentaba un déficit de motivación, pues se limitaba a considerar que la sola extracción de información era suficiente para el trabajo pericial, cuando en realidad esta constituye únicamente una etapa previa antes de la elaboración del informe pericial correspondiente.

Asimismo, sostuvo que la decisión afectaba lo establecido en los artículos 159, numeral 3, de la Constitución y el artículo IV, numeral 1) del Título Preliminar del Código Procesal Penal, al impedir cumplir los fines de las diligencias preliminares.

La sala suprema, presidida por el juez César San Martín, concluyó que la pericia digital forense dispuesta por la Fiscalía el 3 de octubre de 2024 aún no ha finalizado. En ese sentido, declaró “infundada” la solicitud de la defensa de Vizcarra y determinó que los dispositivos incautados deben permanecer bajo custodia.

“A partir de los resultados y conclusiones de la pericia oficial digital forense y, en su caso, de la pericia de parte, podrá determinarse el nivel de pertinencia y utilidad de la fuente de prueba incautada, y, por tanto, justificarse la devolución de aquellos bienes que no integran el corpus delicti o criminis o no son piezas de convicción”, precisa la resolución difundida por RPP.

Según la hipótesis fiscal, Los Intocables de la Corrupción habrían promovido lobbies ilícitos para apropiarse de fondos públicos mediante contrataciones fraudulentas en Provías Descentralizado durante el gobierno de Vizcarra.

Paralelamente, el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional procesa al exjefe de Estado por presuntos actos de corrupción cometidos en Moquegua, causa por la cual el fiscal Germán Juárez Atoche ha solicitado 15 años de prisión.

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