Fiscal de la Nación, Delia Espinoza. (Foto: Fiscalía de la Nación)
Fiscal de la Nación, Delia Espinoza. (Foto: Fiscalía de la Nación)

La decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), adoptada el último viernes 13 de junio, sienta un precedente y una situación nunca antes vista al interior del Ministerio Público: que una exfiscal de la Nación retome el cargo, casi un año y medio después, tras anularse un procedimiento disciplinario ordinario que concluyó en su apartamiento.

La actual gestión de la JNJ, liderada por Gino Ríos Patio, adoptó dicha nulidad por “acuerdo del pleno”; resaltó ayer por la tarde la entidad, vía X, tras cuestionarse que solo figurara la firma de Ríos Patio en la resolución. La entidad no solo deshizo lo dispuesto por su antecesor Junta —reabriendo el proceso disciplinario, bajo un nuevo instructor—, sino que sindicó a Inés Tello, exmiembro instructora del caso, de haber sido “parcial” al recomendar en su informe la destitución de Benavides.

En detalle

La institución declaró la nulidad de oficio del Procedimiento Disciplinario Ordinario N.º 001-2024-JNJ, seguido contra Benavides Vargas, por la presunta remoción de la fiscal suprema provisional Bersabeth Revilla. En aquel momento, se sindicó a la entonces fiscal de la Nación de incurrir en dicha remoción para favorecer a su hermana, la jueza Enma Benavides, quien era investigada por Revilla en un caso de presunta corrupción.

En ese marco, la JNJ dispuso retrotraer el caso, es decir, que este se reabra bajo la conducción de un nuevo miembro instructor. Por lo tanto, todos los comprendidos en este procedimiento disciplinario inmediato estarán bajo investigación.

“También se ordenó la cancelación de la sanción en el registro correspondiente; la rehabilitación de su título (de Patricia Benavides) de fiscal suprema titular, para su inmediata reincorporación al Ministerio Público; y oficiar a la fiscal de la Nación para que reponga a Liz Patricia Benavides Vargas en el cargo de Fiscal de la Nación”, indicó.

La decisión también alcanza a Azucena Solari, por su actuación como fiscal suprema provisional en el despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria en delitos cometidos por funcionarios públicos; y a la señora Enma Benavides, por su actuación como jueza superior de la Corte Superior de Justicia de Lima. Ambas, comprendidas en el proceso disciplinario, retomarán sus funciones.

Cabe mencionar que a Benavides se le impuso una segunda destitución, en enero de este año, por el “indebido cese” del fiscal Luis Zapata en sus funciones. El 9 de junio, la JNJ reemplazó la medida por una suspensión de 60 días. Este plazo ya se habría cumplido si se contabiliza su inicio desde que se dictó la sanción.

Bajo la lupa

Lo que queda claro es que la JNJ no ha resuelto sobre el tema de fondo: la responsabilidad o no de Benavides en los hechos imputados.

En su lugar, ha establecido que la miembro instructora del procedimiento disciplinario ordinario, Inés Tello, no fue imparcial.

“La imparcialidad (…) exige que la autoridad disciplinaria actúe sin sesgo y valore los medios de prueba con criterios homogéneos; cualquier quiebra genera un defecto insubsanable que coloca el acto en el supuesto de nulidad de pleno derecho. En el Procedimiento Disciplinario N.° 001-2024-JNJ tal quiebra se aprecia de manera objetiva en la secuencia de actuaciones de la entonces miembro instructora Luz Inés Tello”, se destaca en la resolución a la Correo que tuvo acceso (ver ángulo).

Así, remarcó que “se observa una celeridad atípica en la fase de instrucción del procedimiento disciplinario (...), el cual se abrió el 24 de enero de 2024 y concluyó el 7 de marzo” del mismo año que solicitó la destitución de Benavides.

“Según el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ, este podría durar hasta 9 meses prorrogables a 3 meses (...) (este caso) se llevó a cabo en tan solo 43 días, en menos de un mes y medio, lo cual resulta desproporcionado si tenemos en cuenta que la instructora, con una investigación muy breve, solicitó la máxima sanción”, remarcó.

Todo está dicho

Ahora cabe preguntarse, ¿Actuó bien la JNJ? Para los constitucionalistas Enrique Ghersi y Víctor García Toma (expresidente del Tribunal Constitucional), la decisión de la JNJ es plenamente válida y no hay razón alguna para no acatarla.

“Espinoza, de no cumplir la orden de la Junta Nacional de Justicia, afronta tres tipos de responsabilidad. En primer lugar, la responsabilidad administrativa ante la propia Junta, que le puede iniciar un procedimiento sancionatorio ordinario. En segundo lugar, la responsabilidad política frente al Congreso de la República, pues puede ser acusada constitucionalmente. Y en tercer lugar, la responsabilidad penal porque el desacato es un delito”, afirmó Ghersi.

En otro momento, señaló que “se deben descontar los meses en los que no ha podido ejercer el cargo”, por lo que su periodo al frente del Ministerio Publico se ampliaría.

“La doctora Benavides fue elegida por un plazo de tres años que aún no ha transcurrido. Corresponde que complete el total de tiempo para el que fue elegida. Eso implica que termine de ser fiscal de la Nación a finales del 2027”, dijo. Para García Toma, sin embargo, esta es una situación que “aún no se ha dilucidado”, pues la defensa “no ha presentado pedido alguno, hasta donde sabemos”, al respecto.

Diferencias

A su turno, el repuesto fiscal supremo Tomás Gálvez, quien retomará su cargo en los próximos días por disposición del TC, no consideró ejecutable la resolución de la JNJ.

“Al declararse nulo el proceso por el cual destituyen a la doctora., se retrotrae a foja cero (el procedimiento disciplinario) tal como indica la resolución. Sí, se anulan todos los actos, pero solo los actos propios del procedimiento, no los que no pertenecen a él (…). Ya hubo una secuencia de fiscales de la Nación, entre ellos, los Dres. Sánchez, Villena y Espinoza. Esta elección es un acto totalmente desvinculado al procedimiento que llevó a la destitución”, detalló a Correo.

En esa línea, agregó que “la nulidad no abarca a la elección de Benavides como fiscal de la Nación”, pues la JNJ “no tiene competencia para dejar sin efecto” una decisión llevada a cabo por la Junta de Fiscales Supremos “legalmente establecida”.

En respuesta, García Toma remarcó que “la JNJ no ha elegido a alguien” en particular para dicho puesto, sino que “destituyó a la Benavides Vargas y, ahora, ha anulado la decisión previa que se le impuso.

“Le ha devuelto sus derecho a la Dra. Benavides. No ha tomado ninguna elección, no es su competencia. Anulados los actos, la Sra. Benavides regresa al cargo, eso es todo”, afirmó.