Tras la orden del Poder Judicial que dispuso su restitución como fiscal de la Nación mediante una medida cautelar, Delia Espinoza envió un documento al fiscal supremo Tomás Gálvez para solicitarle formalmente la entrega del cargo.
La solicitud de Espinoza se basa en la reciente resolución del Noveno Juzgado Constitucional, que ordena a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) restituirla en un plazo máximo de dos días.
Según el fallo, la JNJ no acató adecuadamente una medida anterior que disponía la anulación del proceso disciplinario y la suspensión de los efectos de la sanción impuesta en su contra.
En su escrito, Espinoza señala que “corresponde suspender las gestiones institucionales propias del Fiscal de la Nación”, ante la proximidad del término del interinato de Gálvez, y que dichas funciones serán retomadas por ella en su condición de titular legítima.
Además, pidió a Gálvez designar a quien presidirá la comisión encargada de la transferencia de gestión.
Poder Judicial ordenó a JNJ reponer a Delia Espinoza como fiscal de la Nación
El Poder Judicial falló a favor de la magistrada Delia Espinoza y ordenó dejar sin efecto su suspensión. A través de una resolución, dispuso que la Junta Nacional de Justicia la restituya en el cargo de fiscal de la Nación en un plazo máximo de dos días, luego de haber sido separada de sus funciones el pasado 19 de septiembre.
Esto luego de determinar que el órgano constitucional incumplió una medida cautelar anterior.
De acuerdo con la Resolución N.º 09, emitida el 10 de noviembre de 2025, la Junta Nacional de Justicia cumplió solo de manera parcial con el mandato judicial, al mantener vigente una parte del proceso disciplinario iniciado contra Delia Espinoza.
El tribunal determinó que la JNJ realizó una interpretación restrictiva de la medida cautelar, vulnerando así el principio de cumplimiento directo y obligatorio de las resoluciones judiciales. En consecuencia, el juez dispuso la suspensión total del proceso disciplinario y ordenó la inmediata restitución de Espinoza en su cargo.
La resolución judicial señala que la medida cautelar emitida en octubre de 2025 tenía como propósito proteger los derechos fundamentales de Espinoza, disponiendo la suspensión del proceso disciplinario que la JNJ había iniciado en su contra.
Sin embargo, la entidad únicamente paralizó el proceso de forma parcial, dejando vigentes los cargos 3 y 4, con el argumento de que dichos puntos no estaban comprendidos dentro del alcance de la medida cautelar.
El juzgado desestimó esta postura y enfatizó que ninguna entidad pública tiene la facultad de “calificar, restringir o interpretar” el alcance de una resolución judicial. Asimismo, precisó que todos los cargos disciplinarios estaban vinculados a un mismo acto administrativo cuya ejecución había sido suspendida.
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