Colegio de Abogados de Lima (USI)
Colegio de Abogados de Lima (USI)

En entrevista con Correo, el decano del Colegio de Abogados de Lima, César Bazán Naveda, respaldó la denuncia constitucional que presentó la Fiscalía de la Nación contra el presidente Pedro Castillo por presuntos actos de corrupción cometidos durante su mandato.

El abogado del presidente Pedro Castillo, Benji Espinoza, ha sido sindicado por un colaborador de realizar actos ilícitos como participar en una reunión en Palacio de Gobierno que habría terminado con la salida de Mariano González como ministro del Interior. ¿Qué opina al respecto?

Hasta el momento, el señor Benji Espinoza no tiene ningún proceso en el Colegio de Abogados, ni nadie lo ha denunciado. No me podría pronunciar al respecto. Lo señalado en medios de comunicación es con respecto a una investigación y no podría adelantar ningún criterio al ser yo presidente del CAL. En términos generales, puedo señalar que los abogados defendemos a los clientes, buscando lo mejor para ellos pero utilizando las armas que nos da el derecho dentro del sistema. Pero una cosa es defender y otra cosa distinta es participar de actos delictivos para encubrir a los clientes.

¿Cómo se inicia un procedimiento sancionador en el CAL?

Hay tres formas. La primera es que un abogado presente una denuncia sobre la presunta comisión de un acto que vaya reñido contra la ética contra o el ejercicio del derecho. Tras ello, se abre un proceso y se hace la investigación correspondiente, garantizando el debido proceso y defensa. Luego de escuchar a las partes, se emite una resolución sea condenatoria o absolutoria. Contra esta resolución, cualquiera de las partes puede presentar una apelación que lo revisará el tribunal de honor, conformado por los exdecanos del CAL, que resolverán en última instancia. La segunda manera de abrir proceso es de oficio, al tomar conocimiento de un hecho delictivo por parte de un abogado.

Pero las revelaciones del colaborador eficaz están sindicando al abogado del presidente de participar de un acto delicitivo...

De momento, solo contamos con reportes periodísticos, que no han sido confirmados. No tenemos otra versión, por tanto, aún no hemos actuado (...). La tercera manera de abrir proceso es que una autoridad judicial o administrativa nos ponga en conocimiento del hecho delictivo. Por ejemplo, la Fiscalía de la Nación, que ha tomado conocimiento de estas cosas o que el juez nos envíe las copias certificadas correspondientes y nosotros podríamos proceder a abrir la investigación correspondiente. Pero eso tampoco ha sucedido.

Usted señaló, en una entrevista reciente a RPP, que “se ha formado” en el Ejecutivo “un brazo para obstaculizar el ejercicio de la función de investigar” de la Fiscalía y “desaparecer pruebas” que podrían involucrar al presidente en graves delitos.

En efecto, esa es la tesis de la Fiscalía, que ha puesto de conocimiento en su denuncia constitucional contra el presidente de la República ante el Congreso. Nosotros hemos leído el documento de la Fiscalía y consideramos que hay argumentos más que suficientes para continuar con la investigación contra el presidente sindicado como presunto cabecilla de una organización delictiva.

¿La fiscal de la Nación, Patricia Benavides, está actuando conforme a sus atribuciones?

Sí, la fiscal de la Nación ha procedido conforme a sus atribuciones y le ha pedido autorización al Congreso para continuar con la investigación en una siguiente etapa.

Pero el artículo 117 de la Constitución establece cuatro causales para acusar constitucionalmente al mandatario y ninguna es por delitos de corrupción.

Desde el Colegio de Abogados de Lima consideramos que una interpretación del artículo 117 de la Constitución no nos puede llevar al absurdo de pensar que se puede dejar impune por cuatro o cinco años a alguien que estaría cometiendo delitos y más en un alto cargo de la Nación porque, si es el caso, se le estaría dando la oportunidad de seguir delinquiendo.

El Congreso ha pedido una interpretación al TC para definir los alcances del artículo 117. ¿Comparte este proceder?

Consideramos que el Congreso le está quitando cuerpo a sus obligaciones porque finalmente quien va a decidir si es constitucional o no es el Tribunal Constitucional en última actuación. Pero el Congreso está tratando de precipitar los pasos. Ellos deben asumir su responsabilidad.

¿Esto significa que la denuncia constitucional pase por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, la Comisión Permanente, entre otras actuaciones?

En efecto, el Congreso pide al TC que se pronuncie de una vez cuando este poder del Estado es la instancia última de interpretación a la Constitución, no la primera.

El presidente Castillo señala que existe un complot para vacarlo

La fiscal de la Nación está actuando en el ejercicio regular de un derecho, previsto en la Constitución; el Parlamento está actuando en el ejercicio regular de su derecho. No hay tal complot. Si lo fuera, entonces cualquier persona presa también podría decir que están complotando en su contra porque la Fiscalía lo investigó y el juez lo condenó. Así funciona el sistema para actuar desde diversos puntos y coordinadamente para que se haga justicia. Un complot es un acto ilícito para dañar a alguien u obtener un beneficio indebido. Este no es el caso.