Procuraduría había denunciado al expresidente del Congreso, Pedro Olaechea.  (Foto: Andina)
Procuraduría había denunciado al expresidente del Congreso, Pedro Olaechea. (Foto: Andina)

La Fiscalía de la Nación archivó este viernes la denuncia de la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros contra el expresidente del Congreso, Pedro Olaechea, debido a una presunta usurpación de funciones tras continuar con la sesión del pleno del Congreso y aprobar la suspensión del presidente Martín Vizcarra. Esto se produjo luego de que el mandatario anunciara la disolución del Parlamento el 30 de setiembre del 2019.

En el documento en el cual la titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, desestima la denuncia, se indica que no existe “mérito para iniciar diligencias preliminares de investigación contra Pedro Olaechea Álvarez Calderón en su calidad de congresista de la República” debido a que la situación no debe analizarse sin tomar el cuenta la resolución del Tribunal Constitucional que admitió la legalidad de la disolución del Legislativo efectuada por el presidente Martín Vizcarra en el marco de una demanda competencial.

La conducta atribuida al denunciado no configura un supuesto de usurpación de funciones, que sanciona el acto de irrogarse un cargo por el cual no se encuentra autorizado, ejerciendo actos propios del mismo”, se lee en la resolución.

Asimismo, Ávalos señala que la denuncia no procede debido a que el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda competencial presentada por Olachea, en su calidad de presidente de la Comisión Permanente del Congreso.

En enero de este año el TC resolvió, por cuatro votos contra tres, que el cierre del Congreso llevado a cabo por el presidente Martín Vizcarra fue legal y declararon improcedente la demanda competencial interpuesta por Pedro Olaechea, que buscaba dejar sin efecto dicha acción.

El Tribunal indicó que la solicitud fue analizada por los magistrados que firmaron la sentencia: Carlos Ramos (ponente del caso), Manuel Miranda, Eloy Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma. En dicha resolución, el TC consideró que resultaba “un imposible jurídico exigir que un órgano que no se encuentra en funciones adopte un acuerdo” respecto a la suspensión del jefe del Estado en sus funciones, que fue votada por el pleno horas después de que el presidente anuncie su disolución.

Vizcarra tomó la decisión de disolver el Parlamento luego de interpretar que el pleno del Congreso hizo una “denegación fáctica” de la cuestión de confianza que el Ejecutivo había planteado en base al proyecto de ley que buscaba cambiar la forma de elección de magistrados del TC. Horas después el Legislativo votó la suspensión temporal de Martín Vizcarra a la presidencia de la República y le encargó el cargo a la entonces vicepresidenta Mercedes Araoz quien renunció a dicha encargatura 24 horas después.