Demandas fueron presentadas por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza ante el Tribunal Constitucional.
Demandas fueron presentadas por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza ante el Tribunal Constitucional.

La Fiscalía de la Nación presentó demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 32107, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, y contra la Ley 32130, que modifica el Código Procesal Penal y entrega la investigación preliminar a la Policía.

Alcances

La Ley 32107, promulgada por el Congreso el 9 de agosto pasado ante el silencio del Ejecutivo, establece que en el Perú nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra cometidos antes del 1 de julio de 2002, fecha en que entró en vigencia en nuestro país el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

En tanto, la Ley 32130, publicada el 10 de octubre de 2024, dispone que la Policía Nacional del Perú (PNP) sea responsable de la investigación preliminar del delito y se encargará de la estrategia operativa de acuerdo con su ley y reglamento. En ese entender, la Fiscalía definirá la estrategia jurídica.

Postura

Según el Ministerio Público, las demandas, presentadas por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, sostienen que en el primer caso la norma vulnera el derecho de acceso a la justicia, al debido proceso y a la igualdad, y desconoce la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos.

En el segundo caso, de otro lado, la denuncia precisa que se han planteado como causales de inconstitucionalidad que la ley establezca que la PNP pueda hacer la investigación preliminar sin el rol conductor del Ministerio Público, pese a que esta institución goza de la titularidad constitucional de la acción penal.

Proceso

El Tribunal Constitucional (TC) deberá pronunciarse sobre las demandas, luego de escuchar las versiones del Congreso y del Ministerio Público.