Violentas protestas (AFP)
Violentas protestas (AFP)

En medio de la crisis política y social que atraviesa el país, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley con el propósito de endurecer las penas de delitos vinculados a las protestas, que se realicen durante la declaratoria del estado de emergencia.

La iniciativa legislativa propone cambios en al menos 15 delitos establecidos en el Código Penal y cinco artículos del Nuevo Código Procesal Penal, relacionados -entre otros- a la ampliación del plazo de detención policial.

El documento, que lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte y el premier Alberto Otárola, fue remitido al Congreso de la República el pasado 17 de febrero y se encuentra en la comisión de Justicia para su estudio desde el último miércoles.

En el oficio que acompaña el proyecto de ley, el Gobierno señala que la propuesta busca “reforzar la respuesta del Estado” frente a delitos que afectan a la vida, el cuerpo y la salud, así como los bienes públicos y privados cometidos en medio de un estado de emergencia.

Además, se insta al titular del Parlamento a dar el trámite con carácter de “urgencia” al referido documento.

DETALLE. El proyecto de ley del Gobierno N°4271/2022-PE, de 28 páginas, propone cambios en el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal respecto a delitos y acciones emprendidas durante la vigencia de la declaratoria de un estado de emergencia.

Entre las principales modificaciones se observa la ampliación de los años de pena privativa de libertad de los infractores.

En el caso de lesiones leves que desencadenen la muerte de la víctima, el transgresor podía recibir entre 6 a 12 años de cárcel. No obstante, con la propuesta del Ejecutivo este rango cambia por 8 a 14 años.

Situación similar ocurre en cuanto a violación de domicilio que pasa de una pena no mayor de 2 años, a una entre 2 a 4 años.

En hurto agravado se amplía la sanción de 3 a 6 años por 8 a 15 años cuando el agente actúa en calidad de jefe, cabecilla o dirigente de una organización criminal.

En tanto, por fabricación, comercialización, uso o porte de armas las penas pasarían de ser entre 6 a 10 años a 12 a 20 años; mientras que, por atentado contra los medios de transporte el rango cambia de 3 a 6 años por 8 a 20 años.

Asimismo, respecto a disturbios, delito que se sanciona con una pena entre 6 a 8 años, la sanción sería no menor a 15 años si el hecho generado causa la muerte de personas o se comete durante la vigencia del estado de emergencia.

La iniciativa propone, entre otros aspectos, una ampliación en el plazo de detención por parte de la Policía Nacional. Si inicialmente este periodo comprende solo 24 horas, con los delitos cometidos en el contexto del estado de emergencia, el plazo se podría extender a un periodo no mayor de 48 horas.

JUSTIFICACIÓN. Consultado por el proyecto de ley, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, José Tello, señaló -en RPP- que el texto responde a un pedido del Poder Judicial, por lo que se debe entender que la iniciativa no es solo del Ejecutivo sino de los integrantes del Consejo de Estado.

“No solamente es una postura del Ejecutivo, sino de integrantes del Consejo de Estado. (...) Está bien el contexto de protesta hoy día, hay que ser respetuoso de la protesta, pero también hay que ser cautos en que la protesta no puede degenerar y terminar en actos de violencia”, indicó.

Asimismo, recalcó que la iniciativa legislativa debe ser vista “muy aparte” del tratamiento político que el Gobierno le da a las movilizaciones de las últimas semanas. Y precisó que la ampliación del periodo de detención policial proporciona espacio para el desarrollo de una investigación.

ANÁLISIS. Sobre el tema, el penalista Fernando Silva opinó que el proyecto presentado por el Gobierno solo agravará la situación de la gente que comete delitos en estado de emergencia. Es decir, que recibirán más años de pena si incurren en un hecho delictivo.

Luego aseguró lo siguiente: “No entiendo porque hay un sector de la opinión pública que está señalando que esta es una respuesta del Estado para evitar las protestas. En lo absoluto”, dijo mostrándose en desacuerdo con esa lectura.

De otro lado, afirmó que deben haber protestas pacíficos y que no se deba de destruir los bienes públicos o privados.

En cambio, Mario Amoretti, experto en temas penales, consideró que la propuesta del Ejecutivo busca “distraernos”. Opinó que la justicia solo debe aplicar el código penal actual y considerar como delito de terrorismo los actos que atenten contra los bienes públicos. Allí puso como ejemplo la quema de comisarias y una sede del Poder Judicial en Puno.

“No tenemos que recurrir a determinados proyectos, cuando eso ya está la ley”, refirió. Insinuó que la respuesta que da la actual gestión es débil frente a las manifestaciones. Que no nos vengan a engañar. La protesta es el reclamo de la gente que está influenciada por azuzadores y a ellos se le debería imponer una pena mucho más grave”, añadió.

En el mismo sentido el penalista Luis Lamas Puccio consideró que con el proyecto en cuestión no se tendrá resultados apropiados.

Consideró que en vez de agravar las penas para delitos en estado de emergencia, el Gobierno debe plantear recompensas para identificar a organizadores o azuzadores de actos vandálicos.