LIMA, MIERCOLES 18 DE MAYO DEL 2022

ENTREVISTA AL NUEVO MIEBRO DEL TC Gustavo Gutiérrez Ticse
LIMA, MIERCOLES 18 DE MAYO DEL 2022 ENTREVISTA AL NUEVO MIEBRO DEL TC Gustavo Gutiérrez Ticse

El integrante del Tribunal Constitucional, Gustavo Gutiérrez, replica el comunicado de la mayoría de la Sala Plena de la Corte Suprema que rechazó la sentencia del Tribunal Constitucional a favor del Congreso sobre la elección del titular de la Defensoría del Pueblo.

- La Corte Suprema ha emitido un comunicado que, en mayoría, rechaza la sentencia del Tribunal Constitucional respecto a la demanda competencial interpuesta por el Congreso de la República y señala que interfiere la autonomía de los jueces ¿Cómo toman este pronunciamiento?

Entendemos el comunicado como el derecho de todo ciudadano a formular críticas sobre las sentencias emitidas. Pero lo que queda claro es que una sentencia del TC tiene que cumplirse obligatoriamente, inclusive por los jueces del Poder Judicial.

- En la sentencia del TC, se exhorta a la Junta Nacional de Justicia a evaluar medidas correctivas contra los jueces que intervinieron en este caso ¿Eso no es una coacción?

Exhortar no es lo mismo que declarar fundada o infundada una demanda, sino invocar a que otro poder del Estado, dentro de sus competencias, pueda evaluar una determinada situación. En este caso, el Tribunal Constitucional considera que merece un análisis con mayor profundidad a los jueces que, con sus decisiones, paralizaron el proceso de elección del Defensor del Pueblo, que se ventilaba en el Congreso. La Junta Nacional de Justicia determinará si hay falta, pero si no, simplemente lo archivará. No hay una relevancia imperativa en la exhortación del TC.

- Otro punto que subraya el comunicado de la Corte Suprema es que se está quebrando el equilibrio de poderes y se aparta del sistema constitucional.

La sentencia del TC es clara, al afirmar que el equilibrio de poderes lo ha quebrado el Poder Judicial, a través de algunos jueces que han tomado decisiones sobre competencias políticas, como si fueran legisladores. Los jueces del Poder Judicial no son políticos, no tienen competencia para poder tomar decisiones de carácter político.

- Entonces, ¿cuándo pueden intervenir los jueces?

Cuando hay una violación de un derecho fundamental, así se trate del accionar de un actor político. Pero los jueces no pueden intervenir en cuanto al diseño de un acto político porque estaríamos judicializando la política y eso no es admisible en ninguna democracia.

- Pero ¿este diseño de la elección del Defensor del Pueblo no se puede cuestionar?

Sin duda. Si bien la Constitución le da al Congreso la potestad de elegir al Defensor del Pueblo, se puede modificar las reglas de elección a través de cambios en el Legislativo. (...) Parece que la gente olvida que así como hay autonomía judicial, también hay autonomía legislativa y del Ejecutivo así como de todos los poderes públicos. No todo puede ser judicializado porque, de lo contrario, estaríamos diciendo que hay un gobierno de los jueces.