La restitución de la inmunidad parlamentaria, aún pendiente de una segunda votación en el Congreso, restringirá la capacidad del Ministerio Público para avanzar con investigaciones a diputados y senadores por determinados delitos, según distintos especialistas consultados por Correo.
En detalle
De acuerdo al texto sustitutorio, aprobado con 92 votos el pasado jueves, de darse luz verde a la medida, esta empezará a regir a partir del próximo Congreso, es decir, para los senadores y diputados elegidos en 2026 y en adelante.
“Desde que son elegidos y hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, los senadores y diputados no pueden ser procesados penalmente ni detenidos sin previa autorización de la cámara respectiva a la que pertenecen o de la Comisión Permanente”, recoge.
Y añade: “Esta deberá pronunciarse en un plazo improrrogable de treinta días calendario”.
En la actualidad, la Fiscalía puede iniciar una investigación preliminar a un parlamentario por cualquier cargo. Sin embargo, en imputaciones referidas al ejercicio de su cargo, debe solicitar una autorización al Parlamento, vía denuncia constitucional, para poder formalizar la investigación, es decir, pasar a la fase preparatoria.
La restitución de la inmunidad traería consigo que el Ministerio Público deba solicitar dicho permiso en todas las pesquisas que tenga contra algún senador o diputado, así no sean de actos cometidos en el ejercicio del cargo, es decir, delitos ajenos a la función pública.
Así, perdería autonomía a la hora de avanzar con las investigaciones correspondientes, pues quedaría por completo en manos de la representación nacional el progreso de la fiscalización de sus miembros.
De otro lado, el dictamen hace otra serie de precisiones. Se sostiene, por ejemplo, que los “en caso de delito flagrante, (senadores y diputados) deben ser puestos de inmediato a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente para que, dentro del plazo de las veinticuatro horas, autorice o no la privación de la libertad y el procesamiento”.
Además, se puntualiza que “vencido los plazos señalados en el párrafo anterior, para cada caso sin pronunciamiento, son puestos inmediatamente a disposición de la Corte Suprema de Justicia”. Dicha instancia, acota, deberá declarar, “mediante resolución firme, si ha lugar o no a la formación de causa, procediendo a su desafuero y poniéndolos a disposición del juez competente”.
Otro aspecto importante recae en la continuidad del trámite de una denuncia constitucional, al término del periodo 2021-2026, contra algún congresista que pueda ser reelecto como senador y diputado.
“Lo dispuesto en el tercer y cuarto párrafo del presente artículo no se aplica para los delitos cometidos antes de la elección de los diputados y senadores”, se indica.
Análisis
Sobre este último punto, el abogado penalista Andy Carrión sostuvo a Correo que, por un principio de legalidad, estas denuncias constitucionales —38 legisladores protagonizan al menos uno de estos recursos por parte de la Fiscalía — seguirían en trámite en el nuevo Congreso si son reelegidos. Sin embargo, destacó que es incierto algún tipo de cambio que pueda suscitarse en el texto, de camino a su segunda votación, tal como ha sucedido en ocasiones anteriores.
La penalista Romy Chang aseveró que se “está regresando, de cierta forma, a la norma anterior; una situación que generó grandes críticas debido a que, prácticamente, la inmunidad era como una especie de coraza protectora”.
Destacó que esto disminuirá la fiscalización a los funcionarios. “Se está dando un retroceso. (...) ¿Por qué el Congreso tiene que dar autorización en casos ajenos a la función pública? Los congresistas deben responder como cualquier persona corriente”, acotó.
Alertas
El abogado Jorge Zúñiga, remarcó que lo principal “radica en el marco de acción (de la Fiscalía, para investigar,) respecto a los delitos” imputados.
“Antes se tenía una cobertura para el delito de función (en el cargo). Hoy se quiere generar que se alcance a cualquier otro delito. Dentro de ellos, por ejemplo, el de organización criminal que era un delito común y que no estaba dentro de los supuestos de infracción de deberes”, alertó.
En ese contexto, consideró que “se ha pensado mucho en la repercusión de la inmunidad parlamentaria para los supuestos de crimen organizado, concretamente”.
En curso . Están en suspenso, en el marco de una eventual modificación y aprobación de la inmunidad, diversas denuncias constitucionales contra legisladores. Son 38 los congresistas que ostentan, al menos, una de estos recursos a manos de la Fiscalía. Por presuntos recortes de sueldo (“Mochasueldos”), se tiene a Magaly Ruiz y Rosío Torres (APP), Edgar Tello, Heidy Juárez, Jorge Luis Flores Ancachi y José Arriola (Podemos), Katy Ugarte (Bloque Magisterial), Marleny Portero y Raúl Doroteo (Acción Popular), y María Cordero (no agrupada) —hoy suspendida—.
Por el Caso Los Niños, se denunció constitucionalmente a Darwin Espinoza (Podemos), Elvis Vergara (Acción Popular), Flores Ancachi y Doroteo.
Por otro lado, por presuntas irregularidades en traslados a provincia, para festejar el cumpleaños del congresista Diego Bazán, se presentó una denucia contra este último, su colega de Renovación Popular Patricia Chirinos y Jorge Zeballos, junto a los no agrupados María del Carmen Alva y Edward Málaga, y Rosángela Barbaráne(Fuerza Popular) y Kira Alcarraz (Podemos).
Otro grupo es por una aparente votación dirigida en comisión y en beneficio de legisladores. Es integrado por José Williams (Avanza País), Roberto Chiabra (No agrupado), Alfredo Azurín (Somos Perú), Hamlet Echevarría (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo), Américo Gonza (Perú Libre), Patricia Juárez (Fuerza Popular), Juan Carlos Lizarzaburu (APP), Pedro Martínez (No agrupado), Lucinda Vásquez (Bloque Magisterial) y José Cueto y Jorge Montoya (Honor y Democracia).