Intenso debate jurídico por cuestión de confianza: Mayoría de juristas lo considera inconstitucional
Intenso debate jurídico por cuestión de confianza: Mayoría de juristas lo considera inconstitucional

Una intensa discusión jurídica ha surgido tras la presentación de la  del al a fin de que se aprueben cinco proyectos de reforma política. El martes será el día decisivo.

Por ejemplo, para el constitucionalista , la conducta del Ejecutivo es inconstitucional y, por ende, el Parlamento puede devolver el oficio enviado por el Gobierno.

A su juicio, existen opciones como la de rechazar la cuestión de confianza “por impertinente” y no pronunciarse.

Entre tanto, su colega Natale Amprimo dijo que la cuestión de confianza planteada no refleja el respeto de los poderes del Estado a sus competencias y funciones.

El penalista  manifestó que es un error del Ejecutivo dar por denegada la cuestión de confianza por modificarle sus proyectos. “Esa presunción es inconstitucional”, explicó.

Sin embargo, el abogado y presidente de Transparencia, , consideró, en diálogo con este diario, que es “absolutamente” constitucional la cuestión de confianza presentada por el Poder Ejecutivo.

VÍCTOR GARCÍA TOMA - EXMINISTRO DE JUSTICIA

Respecto a las dos acciones propuestas por el congresista Gilbert Violeta, la demanda competencial y la acción de amparo, ¿cree que van a prosperar? 

Espero que no, porque en el primer caso el Ejecutivo no pretende usurpar una competencia que le corresponde al Parlamento; lo que el Ejecutivo pretende es señalarle al Congreso cómo quiere que apruebe una norma, una cosa diferente; no le quita la competencia, le está ordenando que la ejerza de una determinada manera. Además, para presentar una acción de conflicto de competencia (ante el Tribunal Constitucional) se requiere una decisión institucional, es decir, el pleno del Parlamento tendría que aprobarlo. En el caso de la acción de amparo, se puede presentar individualmente, pero ahí el problema es que a la fecha no existe una amenaza inminente, es decir, supongamos que el Parlamento no cede a la cuestión de confianza, pero no sabemos si el Presidente hará uso o no de su facultad de disolución del Congreso, no ha afirmado nada en ese sentido, no ha sido tajante.

Si el Congreso llegase a aprobar el presentar una demanda competencial, ¿el magistrado Ernesto Blume debe inhibirse, como algunas voces demandan? 

En efecto, el magistrado Blume ha presentado a título personal una opinión en el sentido de que es inconstitucional, como en efecto lo es la conducta asumida por el Poder Ejecutivo.

Entonces, sí tendría que inhibirse.

Debería inhibirse, pero, como vuelvo a repetir, no creo que el Congreso utilice esa vía. Primero, porque no es la pertinente, y en segundo lugar, porque se escabulle del tema principal, y es que el Parlamento no puede aceptar, no puede admitir un mandato del Presidente de la República.

Entonces, ¿qué acción debió seguirse en este caso?

No es un tema que deba resolverse judicialmente, es un tema donde hay un pulseo de carácter político. La situación judicial se presentaría en el caso de que se plantease la disolución del Congreso. Ahí sí habría una discusión de si esa disolución se da dentro o fuera de la Constitución.

¿Qué acción sería en ese caso?

En ese caso, una acción de amparo.

¿Ante el TC o el Poder Judicial? 

Eso comienza en el Poder Judicial. Solo intervendría el ente jurisdiccional en el contexto de que ya se ha producido la disolución, antes, es un escenario de pulseo político.

¿El Congreso pudo devolver la cuestión de confianza? 

Sí, la pueden devolver, es otra posibilidad, la rechazan por impertinente y no se pronuncian. Como digo, ese es todavía un campo de lucha política o búsqueda del entendimiento.

ENRIQUE GHERSI - JURISTA Y ABOGADO PENALISTA

¿Cuál es su opinión respecto a la cuestión de confianza planteada por el Ejecutivo? 

Encuentro problemas de forma y de fondo. Los de forma: la cuestión de confianza, como está planteada, está sujeta a condiciones, y no puede estar sujeta a condiciones. También le han puesto un plazo; el presidente del Consejo de Ministros (Salvador del Solar) no puede decir que en un plazo tal se tiene que aprobar un proyecto de ley tal como él quiere, es un problema de forma insalvable. En segundo lugar, como ha sido planteada, tiene una presunción que es inadmisible, porque el presidente del Consejo de Ministros dice que si no votan en 15 días, entenderán por rehusada la cuestión de confianza. La cuestión de confianza no se presume rehusada o conferida, el Congreso se reúne, vota y da o no la da.

¿Y los problemas de fondo?

Ya el presidente del Tribunal Constitucional (TC), el doctor (Ernesto) Blume, de una manera muy ponderada, ha indicado que hay un problema de fondo insalvable, y es el relativo a la materia de reforma constitucional. Las propuestas que ha planteado el Ejecutivo en su cuestión de confianza son de dos tipos: iniciativas legales, con ellas no hay ningún problema, el Ejecutivo puede hacer cuestión de confianza sobre ellas, e iniciativas de reforma constitucional. Según el artículo 206 de la Constitución, esas reformas son exclusivas competencias del Congreso, al punto de que esas leyes ni siquiera pueden ser materia de observación por el Presidente (de la República). Entonces, si el Presidente no puede observar una ley de reforma constitucional, como bien lo ha dicho Blume, mal podría el Ejecutivo exigir que el Congreso apruebe una determinada reforma constitucional sin modificar su esencia.

¿A qué nos lleva esto?

Se está produciendo un conflicto de competencias entre el Ejecutivo y Legislativo, la forma democrática de solucionar el conflicto de competencia es a través del TC, no a través de la fuerza, la intimidación o la amenaza de la disolución del Parlamento. En el TC hay un procedimiento que se llama proceso competencial, por el cual tanto el Presidente de la República como el del Congreso podrían plantearle al TC que dirima, que diga qué es competencia del Congreso y qué es competencia del Ejecutivo.

¿De qué naturaleza es este conflicto?

Lo que no puede el Poder Ejecutivo es dar por denegada la confianza si le modifican sus proyectos, esa presunción es inconstitucional. Entonces estaríamos yendo hacia un claro conflicto interinstitucional que le haría un grave daño al país.

¿Cree que estas acciones pueden prosperar? 

Yo creo que sí, depende del petitorio y cómo la planteen.

ALLAN WAGNER - PRESIDENTE DE TRANSPARENCIA 

¿El Ejecutivo y el Congreso podrán llegar un consenso? 

En Transparencia planteamos una negociación para llegar a un entendimiento que permite sacar adelante las reformas sustantivas en los plazos necesarios y que puedan regir en las elecciones del 2021.

¿Alguno de los poderes podría ceder?

Una negociación significa que ambos se pongan de acuerdo y buscar la mejor solución.

¿Considera que el hecho de que el Congreso no haya suspendido al fiscal supremo Pedro Chávarry fue el detonante para la cuestión de confianza?

Creo que han sido un conjunto de elementos que se fueron acumulando y creando una situación de crispación y confrontación entre Ejecutivo y Legislativo. De alguna manera, es el resultado que estamos experimentando ahora. Pero la cuestión de confianza debe ser una oportunidad para sacar adelante las reformas.

¿Los cinco proyectos presentados por el Ejecutivo son esenciales para la lucha contra la corrupción?

Creo que las 12 del Ejecutivo son necesarias. Ellos han priorizado cinco en su planteamiento de confianza, pero diría que la reforma política debiera abarcar más temas, incluyendo la bicameralidad.

¿El Ejecutivo está presionando para la aprobación de las reformas? 

La cuestión de confianza trata de plantearle al Congreso trabajar las reformas y en ese sentido Transparencia ha emitido un comunicado poniendo énfasis en que es la oportunidad para sentarse a negociar (...) y sacar adelante las reformas que son importantes para nuestra democracia, sobre todo con miras a las elecciones.

¿Entonces no ve un ánimo de confrontación contra el Congreso?

Se podría decir lo mismo del otro lado. Creo que no es el momento de ponerse a arrojar piedras unos a otros, sino más bien tratar de encontrar una solución para llevar a cabo la reforma política que el país necesita.

¿La cuestión de confianza presentada es constitucional?

Absolutamente.

¿A pesar de establecer un plazo en el documento? 

Se están dando opiniones diversas, para todos los gustos. En realidad, el planteamiento es constitucional y la respuesta que dará el Congreso también lo será.

¿El decir que el Ejecutivo “valorará” si se dio la confianza es constitucional?

Estas cuestiones de confianza no están limitadas por ciertos parámetros estrictos, de tal forma que en realidad es un tema básicamente más de naturaleza política que jurídica y lo que importa es encontrar soluciones.

NATALE AMPRIMO - ABOGADO CONSTITUCIONALISTA

¿Considera que la cuestión de confianza del Ejecutivo está bien planteada? 

No, ni en el fondo, ni en la forma. En primer lugar, la cuestión de confianza no puede versar sobre normas que impliquen una reforma constitucional. El Ejecutivo solo puede formular su iniciativa de reforma, pero el debate y la aprobación corresponden al Congreso. En segundo lugar, el Tribunal Constitucional (TC) ha sido claro en definir que la cuestión de confianza puede ser utilizada para la aprobación de normas legales y, agrega, necesarias para la gestión de Gobierno. Lo cierto es que ninguna de las normas planteadas tiene que ver con ello. En tercer lugar, el pedido no puede imponer plazos preventorios para la aprobación, ni tampoco puede significar, en el supuesto de que una norma nos sea aprobada en los términos que quiere el Ejecutivo, se entenderá que ha sido denegada. Aquí lo que hay es la utilización de tonos para acentuar la confrontación cuando lo que el Perú requiere es bajar los decibeles y generar un clima de concordia y diálogo.

¿Comparte la postura del presidente del TC, quien cuestiona la medida del Ejecutivo? 

La Constitución es un código de concordia y de entendimiento. Se basa en el respeto de los diferentes poderes a los otros en cuanto a sus competencias y funciones. Lo que noto es que aquí eso no se viene haciendo.

El legislador Gilbert Violeta promoverá una demanda competencial y una acción de amparo en defensa del Congreso, ¿son viables? 

La demanda competencial es una medida que formula un poder contra otro. El señor Violeta no tiene la representación de todo el Parlamento, ahí hay un problema formal.

¿Y la acción de amparo?

Habría que ver los términos bajo los que la sustenta, pero el Congreso tiene mecanismos para actuar frente a lo que ha ocurrido que no requiere una etapa judicial.

¿Cómo cuáles? 

El Congreso podría no resolver el tema, podría dar la confianza y entrar a debatir, someterse a los plazos e interpretaciones que pretende tener el Ejecutivo.

¿Podríamos apuntar a un escenario de consenso? 

Hay que entender que el Ejecutivo tiene una posición errática. Un día convoca a diálogo y al siguiente cuando es convocado prefiere no asistir, etc. Hay un ir y venir que no hace predecible la conducta de las partes hoy contrapuestas.

¿Qué hace falta? 

Las autoridades tienen que hacer un verdadero examen de conciencia. Están llevando al país a una situación de ingobernabilidad inaceptable. Por un lado, el Ejecutivo tiene que entender que debe respetar al Congreso en las formas y en el fondo; y el Parlamento puede debatir con prioridad los proyectos que el Ejecutivo presenta (...). La democracia es respetar cada quien su competencia.