John Javier Paredes Salas es un juez que forma parte del Tercer Juzgado Constitucional de Lima.
Y aunque todavía no está en las grandes ligas del Poder Judicial (PJ), su nombre resuena en los medios de comunicación por haber fallado a favor de personajes políticos de izquierda en sus procesos judiciales, mientras que cuando se trata del grupo de la derecha, suele fallar en contra (ver infografía).
Precisamente, el mencionado magistrado tendrá que resolver la demanda de amparo que presentó el Instituto de Defensa Legal (IDL) en contra del nombramiento de los actuales integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

EL MÁS NUEVO
El Instituto de Defensa Legal es una institución de la sociedad civil que promueve la defensa de los derechos humanos, la democracia y la paz en el Perú y en América Latina.
Lejos de tener pluralidad, se caracteriza por estar conformado por periodistas, abogados y ciudadanos de izquierda.
Precisamente, en febrero de este año, el IDL presentó una demanda de amparo y una medida cautelar en contra del procedimiento y las resoluciones que nombraron a los miembros de la JNJ.
Cabe recordar que una Comisión Especial presidida por el defensor del Pueblo, fue la encargada de nombrar a los funcionarios mediante un concurso público. Sin embargo, para el IDL, el proceso tuvo vicios, irregularidades y se transgredió la ley.
A principios de agosto, el juez John Javier Paredes Salas admitió a trámite la demanda.
“Teniendo en cuenta el actual contexto del país, en el que el poder político viene quebrantando el sistema de justicia, consideramos oportuno hacer de conocimiento público a la ciudadanía esta situación e invocamos a permanecer vigilantes de lo que acontezca con esta demanda de amparo y medida cautelar, en defensa del Estado de derecho y una justicia independiente e imparcial”, así informó el IDL la admisión de su demanda.
El caso será evaluado el 22 de diciembre.

HISTORIAL
En junio de 2022, el nombre del juez John Paredes, titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte de Justicia Lima, sonó por primera vez en los medios de comunicación.
El motivo: Ordenó que el Congreso suspenda la elección del defensor del Pueblo que estaba a cargo en ese momento a nombre de una comisión especial.
La respuesta se dio en respuesta a una demanda que interpuso el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo. Sin embargo, un año después, el Tribunal Constitucional declaró que la elección del defensor del Pueblo era una actividad exclusiva del Parlamento.
Otro caso polémico del magistrado Paredes fue el cambio de condena para el prófugo Vladimir Cerrón en el caso “La Oroya”.
En agosto del 2023, el juez anuló la resolución de un tribuna de Junín que confirmó la condena de cuatro años y ocho meses de prisión efectiva por el delito de negociación incompatible.
En cambio, reformó dicha pena por cuatro años de prisión suspendida.
Sobre este caso, la Fiscalía le imputó a Cerrón Rojas haberse interesado de manera indirecta e indebida en la ampliación de la obra Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de la Oroya para favorecer al consorcio Altiplano con el contrato de 850 mil soles.
En este caso el juez tampoco tuvo razón, porque una Sala Superior revocó dicha resolución.

El fallo más reciente del juez John Paredes está relacionado al partido Unidad Popular, liderado por el expresidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez.
El magistrado ordenó que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) inscriba al partido en una fecha que le permita participar en las Elecciones Generales 2026.
Cabe precisar que el 12 de abril fue el último día que tenían los partidos para culminar su proceso de inscripción para participar en los próximos comicios. Sin embargo, Unidad Popular fue una de las agrupaciones que no logró terminar su registro con éxito.
Duberlí presentó una demanda de amparo que terminó en manos del juez Paredes Salas y falló a su favor. Además, impuso una multa de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) al director de la DNROP, Felipe Andrés Paredes San Román; en paralelo, remitió copias de todos los hechos a la Fiscalía.
Por ahora, el caso está en manos del Tribunal Constitucional, porque el JNE decidió no acatar la resolución judicial.

ANÁLISIS
Al respecto, el penalista Fernando Silva señaló que los jueces tienen el criterio de conciencia para tomar sus decisiones.
“Es decir, el juez tiene el poder de decidir aplicando leyes con criterio de conciencia”, indicó.
En diálogo con Correo, el abogado consideró que en ocasiones, se pueden hacer interpretaciones sobre el criterio de un juez en función a los casos que ha resuelto.
“Si un juez hace una evaluación de un caso e interpreta una norma desde un punto de vista ideológico, si siempre resuelve a favor de cierta tendencia de izquierda, claramente podríamos llamarlo progresista”, indicó.
En el mismo sentido, señaló que si esos fallos son revocados en instancias posteriores porque no se aplicó correctamente la ley, se podría desprender que existiría un favorecimiento intrínseco.
Por otro lado, el experto recordó que los jueces deben resolver aplicando la ley de la mano con la Constitución.
“Cualquier otra resolución basada en ideología, debería ser sancionada”, manifestó.
En otro momento, el penalista recordó que si alguno de los afectados considera que el juez falló a favor de un caso por algún sesgo ideológico, puede presentar una demanda.
“A partir de eso se pueden generar quejas o la posibilidad de que algún órgano de control evalúe el actuar del juez y sea cambiado o sancionado, o sea exhortado de alguna manera”, sostuvo.