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El  dio a conocer que en las elecciones del 2020, en la cual se elegirán a los representantes del  para completar el periodo 2016-2021, no se aplicarán las normas de reforma electoral.

En reunión ampliada del pleno del JNE, en la que también participaron los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se llegó a un consenso sobre la normatividad que se aplicará en el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias del 26 de enero de 2020.

Asimismo, el JNE aprobó el cronograma electoral en el cual se establecen los principales hitos electorales y se adecúan los plazos y el marco normativo que regirán en estos comicios.

En la reunión entre los tres organismos electorales se acordó que el marco normativo se desarrolle en estricta aplicación del artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el cual establece el principio de intangibilidad de la normativa electoral.

Dicha disposición establece que no son aplicables las normas con rango de ley publicadas desde un año antes del día de la elección. Entonces no se tomarán en cuenta las normas publicadas el último 27 de agosto, entre otras razones porque dicha decisión se sustenta en el principio constitucional de predictibilidad.

Ese día el presidente  promulgó las autógrafas que convierten en ley cuatro iniciativas de reforma política planteadas por su gobierno. Las normas también fueron publicadas en la separata de Normas Legales del diario oficial 'El Peruano'.

Las normas que no entrarán en vigencia para los comicios del 2020 son: Inscripción de organizaciones políticas; financiamiento de partidos; elecciones primarias en las agrupaciones políticas; y paridad y alternancia en las listas.

Los jefes de la ONPE y del Reniec, Manuel Cox Ganoza y Bernardo Pachas Serrano, respectivamente, consideraron que se trata de una decisión que facilita el desarrollo de este proceso extraordinario.

Entre la normativa que se aplicará en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 figuran la Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias hasta la Ley N° 30689, publicada el 30 de noviembre de 2017; el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos; el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad; el Reglamento de Observadores en Procesos Electorales y el Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales, entre otros.

Como se recuerda, el pasado 30 de setiembre el presidente Martín Vizcarra anunció la disolución constitucional del Congreso de la República y la convocatoria a nuevas elecciones parlamentarias