José Luna Gálvez es investigado por organización criminal. (Foto: GEC)
José Luna Gálvez es investigado por organización criminal. (Foto: GEC)

El Poder Judicial confirmó en segunda instancia los 36 meses de detención domiciliaria que se dictaron contra el fundador y candidato al Congreso del partido Podemos Perú, José Luna Gálvez, quien es investigado por supuestamente pagar coimas para influir en la elección del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en el caso conocido como “Los gángsters de la política”.

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La Sala Penal Anticorrupción de la Corte Especializada rechazó así la apelación que presentó su abogado, Mateo Castañeda, para revocar el arresto que está cumpliendo desde el 31 de diciembre del 2020.

Cabe destacar que el Ministerio Público, a través del equipo especial que está dedicado al caso “Los cuellos blancos del Puerto” y que tiene a su cargo las investigaciones contra Luna Gálvez, desistió su pedido para que se dicte prisión preventiva en lugar de detención domiciliaria.

En la audiencia para evaluar la situación del fundador de Podemos Perú, el 13 de enero, el fiscal Víctor Túllume señaló que no podía apelar los fundamentos de riesgo de contagio de coronavirus que fueron los que determinaron que no sea internado en un penal sino que cumpla el arresto en su domicilio.

Sin embargo, el abogado del candidato al Parlamento sí mantuvo su postura en contra de la medida restrictiva en contra de su defendido, al considerar que no existía ningún tipo de peligro de fuga o de obstaculización a la justicia.

José Luna Gálvez, a su turno, aseguró que se sometía a la justicia pero negó haber tenido contacto o haber conocido a la fiscal Flor Erazo, quien antes estuvo a cargo de las investigaciones en su contra y con quien fue grabado conversando cuando el proceso todavía estaba en reserva.

“Eso es falso, eso es para detenerme y (evitar) el avance de mi partido”, dijo.

En contra de los otros tres imputados por este caso contra quienes se dictó comparecencia con restricciones (Oscar Nieves Vela, Fernando Obregón Mansilla y Laura Silva Seminario), la sala de apelaciones confirmó la medida del pago de una caución de S/50 mil.