En mayo de 2023, el Congreso eligió a Josué Gutiérrez como defensor del Pueblo.
En mayo de 2023, el Congreso eligió a Josué Gutiérrez como defensor del Pueblo.

El año pasado, el defensor del Pueblo, , se mostró en contra de la decisión de la Corte Suprema de declarar ilegal la organización política Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros (A.N.T.A.U.R.O.) del sentenciado . Incluso, anunció la presentación de un informe contundente sobre la decisión judicial.

Esta vez, el encargado de defender los derechos fundamentales de los peruanos, se puso del lado de la presidenta .

Y es que la autoridad presentó una solicitud ante el (TC) para participar en la sesión donde se evaluó la demanda que interpuso la mandataria en contra de la Fiscalía y el Poder Judicial con el objetivo de frenar las investigaciones en su contra.

Durante su alocución, el máximo representante de la Defensoría del Pueblo sustentó por qué la jefa de Estado no debería ser investigada mientras se encuentre en funciones.

La presidenta Dina Boluarte busca frenar las investigaciones en su contra.
La presidenta Dina Boluarte busca frenar las investigaciones en su contra.

DETALLES

El defensor presentó ante el TC un amicus curiae, un recurso que permite que una persona o entidad privada o pública, pueda intervenir en un proceso a pesar de no ser parte.

El requerimiento estuvo acompañado de un informe de 32 páginas para sustentar por qué la presidenta no debe ser investigada.

“El actual contexto político es una muestra de ello, situación que nos revela que el acoso se perfecciona con las denuncias e investigaciones, sin que necesariamente lleguen estos casos a una acusación, lo cual más allá de desacreditar al gobernante de turno, hecho meramente circunstancial desde luego, daña y afecta seriamente a nuestra democracia y a una endeble institucionalidad, en este caso, la institución de la Presidencia de la República”, así inicia el informe de la Defensoría.

Desde su punto de vista, la responsabilidad de un presidente esté delimitada en la Constitución. Sin embargo, el Ministerio Público y el Poder Judicial habrían desnaturalizado su regulación, pues aplicaron de manera errónea la interpretación del artículo 117 de la Carta Magna.

EL defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, participó de la audiencia donde se evaluó la demanda de Boluarte. (Foto: Difusión)
EL defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, participó de la audiencia donde se evaluó la demanda de Boluarte. (Foto: Difusión)

Cabe precisar que el artículo menciona que un presidente solo puede ser acusado durante su periodo por traición a la patria, por impedir las elecciones, disolver el Congreso o por impedir el funcionamiento del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos.

“La institución presidencial no está exenta de una acusación por la eventual comisión de algún delito, sin embargo, para ello, existe otro procedimiento que también es estrictamente parlamentario, como es la figura jurídica que permite la viabilidad de la destitución o vacancia para proceder posteriormente a investigarse a un presidente”, refiere el documento.

El defensor del Pueblo viajó hasta Arequipa para participar de la audiencia del Tribunal Constitucional donde se evaluó el caso de Boluarte.

Allí, la autoridad dijo que un presidente puede ser investigado, aunque no es responsabilidad de la Fiscalía, sino que el Congreso es el que tiene las facultades y atribuciones.

“La Constitución dice que el Congreso es el que puede terminar las investigaciones”, afirmó.

Además, consideró que la decisión que tome el TC sobre el caso será trascendente, porque determinará si la Fiscalía tiene la potestad para investigar a un presidente.

Al finalizar la sesión, el defensor Gutiérrez fue consultado por la prensa acerca de la investigación que se inició contra el expresidente Pedro Castillo en 2022.

“Sin duda alguna (fue un error abrir una pesquisa a Castillo”, dijo.


Estas son las investigaciones que inició la Fiscalía contra la presidenta Dina Boluarte por hechos cometidos en funciones. (Infografía: Diario Correo)
Estas son las investigaciones que inició la Fiscalía contra la presidenta Dina Boluarte por hechos cometidos en funciones. (Infografía: Diario Correo)

DEFENSAS

Durante la sesión, Luis Huerta, procurador público que representó el Ejecutivo, recordó que la presidenta no es cualquiera funcionaria del Estado, sino que debe tener garantías que le permitan tomar decisiones importantes para el Perú.

“Por el cargo que ejerce tiene que tener protección constitucional. Y esa es la razón por la que solo puede ser acusada por cuatro supuestos (del artículo 117 de la Constitución)”, sostuvo.

Desde su punto de vista, “un presidente débil no puede gobernar, no puede administrar la Haciendo Pública o establecer políticas en materia de inseguridad ciudadana”.

El procurador público Luis Alberto Huerta representó al Ejecutivo en la demanda de Boluarte. (Foto: GEC)
El procurador público Luis Alberto Huerta representó al Ejecutivo en la demanda de Boluarte. (Foto: GEC)

Consultado por el tribuno César Ochoa, sobre si la postura del Ejecutivo era que la presidenta no puede ser investigada por ningún delito, por ejemplo, conspirar para un asesinato, el procurador dudó en responder, pero finalmente se inclinó por decir que un mandatario solo puede ser procesado por lo señalado en el artículo 117 de la Constitución.

“Bueno, ya entendí su respuesta, procurador”, señaló el magistrado Ochoa.

Por su parte, el abogado de Boluarte, Joseph Campos, cuestionó que la Fiscalía haya citado a su patrocinada a declarar en las oficinas del Ministerio Público en lugar del Palacio, hecho que calificó como una “majadería”.

“Lo que he encontrado es una presidenta que convocó a elecciones y que tiene 18 investigaciones. El presidente fue elegido por el pueblo y tiene una categoría distinta que personifica a la Nación”, sostuvo.

Además, el letrado señaló que le corresponde al TC establecer una forma de investigar a los presidentes no solo durante sus mandatos, sino después de estos.

Joseph Campos es el abogado designado por la presidenta Dina Boluarte para su demanda ante el TC.
Joseph Campos es el abogado designado por la presidenta Dina Boluarte para su demanda ante el TC.

POSTURAS

En representación de la Fiscalía asistió el abogado Reynaldo Miranda Wong, quien recordó que en el año 2022 si bien se suspendió temporalmente la investigación contra el entonces presidente Pedro Castillo, posteriormente se reactivo.

En la misma línea, señaló que el hoy destituido exmandatario interpuso habeas corpus ante el Tribunal Constitucional para no ser investigado. Sin embargo, dichas solicitudes fueron rechazadas.

“El abogado de Castillo interpuso una demanda en contra de la fiscal Zoraida Ávalos por la investigación de ascensos a los militares, porque consideró que se violentó el artículo 117 de la Constitución, pero el TC declaró improcedente su demanda”, afirmó.

Por su parte, el abogado Jhonny Tupayachi Sotomayor, representante del Poder Judicial, dijo que “la Constitución no es unísona”.

En ese sentido, señaló que la Constitución reconoce la existencia de tratados internacionales con el Estado, por ejemplo, la Convención de las Naciones Unidas que establece la obligación de todos los estados para luchar contra la corrupción y evitar la impunidad.

“Las interpretaciones están permitidas y pueden ser válidas. Lo que busca una investigación preliminar es el acopio de pruebas”, informó.

Para reforzar su idea, el letrado recordó el caso de Odebrecht, cuando la Fiscalía allanó las oficinas cinco años después, lo que dificultó la recolección de pruebas por el tiempo.

dejó al voto la demanda de la mandataria, cuyo resultado marcaría un procedente.