El Poder Ejecutivo promulgó la ley que impone cadena perpetua a quienes usen a menores de edad, aprovechando su posición, cargo o vínculo familiar, para obligarlos a cometer delitos como sicariato, robo agravado, narcotráfico o integración en organizaciones criminales.
“Si el agente se vale de su posición, cargo o vínculo familiar que le otorgue particular autoridad sobre el menor de edad, la pena será de cadena perpetua”, establece la ley, en caso si el reclutador se vale de su autoridad familiar, laboral o jerárquica.
Se trata de la Ley 32336, publicada en el diario oficial El Peruano, que incorpora el artículo 129-Q al Código Penal.
Bajo esta premisa, establece penas de entre 8 y 12 años de cárcel para quienes, mediante violencia, amenazas, abuso de poder o aprovechándose de la vulnerabilidad de un menor, lo induzcan a cometer delitos.
Además, refiere que la pena será no menor de 12 ni mayor de 25 años si el delito cometido o intentado tiene como objetivo actos de sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas, o lo integra a una organización criminal.
El objetivo de esta ley es frenar el uso de menores por parte de bandas delictivas y reforzar la protección penal de niños y adolescentes.
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