Mecanismo no podrá ser usado para competencias exclusivas del Congreso y sí sobre la política general del gobierno. (Foto: Congreso)
Mecanismo no podrá ser usado para competencias exclusivas del Congreso y sí sobre la política general del gobierno. (Foto: Congreso)

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó ayer  (con 11 votos a favor, 2 en contra y 8 abstenciones) el dictamen del proyecto de reforma constitucional que modifica el mecanismo de la cuestión de confianza.

El proyecto busca “evitar interpretaciones antojadizas que inciten a disolver el Congreso de la República”, precisó Luis Valdez Farías, presidente de la Comisión de Constitución.

En esa línea, añadió Valdez Farías, la iniciativa propone que la  aprobación o rechazo de la cuestión de confianza  “solo puede ser declarada por el Congreso de la República, evitando de tal forma el abuso de cuestiones de confianza con el objetivo de someter (al Parlamento) a las órdenes de un poder del Estado”.

La cuestión de confianza se plantea por iniciativa ministerial sobre:

1.) Materias vinculadas directamente a la política general de gobierno sobre asuntos de competencia del Poder Ejecutivo.

2 ) La permanencia de los miembros del Gabinete Ministerial.

3) Iniciativas legislativas sobre asuntos de competencia del Poder Ejecutivo.

Se requieren dos legislaturas para aprobar la reforma de artículos de la Constitución.

En este caso, la iniciativa pretende modificar los artículos

130, 132, 133 y 134 de la Carta Magna.

PROPUESTAS

De acuerdo con la propuesta de Constitución, la cuestión de confianza se plantea por iniciativa ministerial sobre materias vinculadas directamente a la política general del gobierno sobre asuntos de competencia del Poder Ejecutivo.

Cabe recordar que el Gobierno de Martín Vizcarra invocó la cuestión de confianza por un tema relacionado con la elección de un candidato al  Tribunal Constitucional, un asunto que no atañe directamente a la política general del gobierno.

Asimismo, el Poder Ejecutivo no puede plantear una cuestión de confianza sobre procedimientos y funciones de competencia exclusivas del Congreso de la República.

Entre otros aspectos, la aprobación o rechazo de la cuestión de confianza solo es declarada por el Congreso de la República, luego de la votación respectiva.