El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el segundo incremento de pensiones para el personal retirado de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, así como para sus beneficiarios sobrevivientes.

La medida, establecida mediante el Decreto Supremo Nº 147-2025-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, entrará en vigencia a partir de julio de 2025.

Según la norma, el reajuste será gestionado por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF, que actualizará los montos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

El incremento se calculará en función del grado remunerativo del pensionista, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 19846 y sus modificatorias.

A) Personal de Oficiales

b) Personal de Técnicos y Suboficiales/Oficiales de Mar

En el caso de los pensionistas sobrevivientes, el ajuste no podrá superar el monto que habría recibido el titular de la pensión. Si existen varios beneficiarios, el aumento se distribuirá proporcionalmente.

Además, si un pensionista percibe más de una pensión, el reajuste se aplicará únicamente a la de mayor valor.

El MEF precisó que este incremento tiene carácter pensionable y permanente, lo que significa que formará parte de la base para futuros cálculos de beneficios. Su financiamiento provendrá de los presupuestos institucionales del Ministerio del Interior (MININTER) y del Ministerio de Defensa (MINDEF).

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