El Ministerio de Energía y Minas (Minem) precisó que la revisión de los recursos de reconsideración presentados por mineros excluidos del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) no implica su reincorporación automática ni un retroceso en el proceso de formalización.

Cada caso será evaluado de manera individual, exigiendo pruebas sólidas y respetando el marco legal del debido proceso.

Durante una conferencia de prensa posterior a la sesión del Consejo de Ministros, el titular del sector, Jorge Montero, enfatizó que, si bien los administrados tienen derecho a presentar estos recursos, su evaluación no garantiza la restitución en el registro.

“Sus reconsideraciones serán evaluadas técnicamente, porque una reconsideración no implica que sea restituido en el registro. (...) Tienes que demostrarlo fehacientemente con documentos y con pruebas”, señaló.

La admisión de estos recursos se realiza bajo lo establecido en el artículo 18° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que reconoce el derecho de los ciudadanos a solicitar la revisión de una decisión administrativa.

“Quiero ser claro en eso. Estamos respetando los derechos de los peruanos conforme a normas emitidas en leyes vigentes hace muchos años”, mencionó.

En el caso del Reinfo, los plazos para presentar las solicitudes vencieron el 21 de julio, y su tramitación está a cargo de la Dirección General de Formalización Minera, que dispone de 30 días para emitir una resolución.

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