Foto: Presidencia Perú
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En el papel. La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, abrió investigación preliminar contra el presidente Pedro Castillo al señalar que “existen hechos atribuibles al jefe de Estado” en las cuestionadas adjudicaciones del proyecto Puente Tarata III, la compra de Biodiesel a Petroperú y los ascensos militares.

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Mediante un comunicado, se indicó que las pesquisas serán por los presuntos delitos contra la administración pública (tráfico de influencias agravado, en su calidad de autor) y colusión (en calidad de partícipe), en agravio del Estado.

Sin embargo, en un extremo de la disposición fiscal No.2 se señala que “el inicio de los actos de investigación quedará suspendido hasta la culminación” del mandato presidencial de Castillo por “su inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal”.

Especialistas consultados por este diario criticaron la medida dispuesta por Ávalos al señalar que la apertura de toda pesquisa tiene como consecuencia jurídica el inicio de acciones y diligencias. Precisaron que lo señalado desde el Ministerio Público genera confusión y contradicción.

La acción de Ávalos ocurre 19 días después de que el procurador general del Estado, Daniel Soria, denunciara al mandatario ante la Fiscalía de la Nación por los presuntos delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias, tras el destape de reuniones con la empresaria Karelim López en Breña y una posterior adjudicación que obtuvo con Provías Descentralizado ,un consorcio vinculado a ella.

En tanto, el 1 de diciembre, el Quinto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios inició de oficio una investigación preliminar contra Karelim López y Bruno Pacheco por el referido caso.

Asimismo, de acuerdo al Ministerio Público, mediante una segunda disposición, Ávalos también inició una pesquisa al mandatario por su presunta injerencia en los ascensos en las Fuerzas Armadas.

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ANÁLISIS. En diálogo con Correo, el abogado penalista Andy Carrión calificó como “una aberración jurídica” y una contradicción que la fiscal de la Nación decida abrir investigación e inmediatamente disponer que los actos vinculados a la pesquisa se suspendan.

“Lo que dice la Constitución es que al presidente de la República no se le puede acusar, tiene una inmunidad constitucional. Pero no dice nada de la propia investigación”, indicó.

Carrión señaló que, ante lo dispuesto desde la Fiscalía de la Nación, el estatus del presidente es de investigado, por lo que prerrogativas como la exhibición de documentos o realizar inspecciones, están contempladas. “(El presidente) tiene el estatus de investigado, pero no lo voy a investigar. Esto, creo yo, es una aberración jurídica lo que está cometiendo la Fiscalía de la Nación y habría que ver qué van a hacer en adelante”, recalcó.

Finalmente, el experto indicó que un escenario posible es que la Procuraduría General solicite la nulidad del extremo en que la Fiscalía de la Nación decide no iniciar actos de investigación. Esto, además de los pedidos que podría realizar la Fiscalía Provincial, que ya realizó anteriormente dos diligencias en Palacio de Gobierno.

Por su parte, el abogado penalista Julio Rodríguez precisó que lo señalado por el MP a cerca de suspender los actos de investigación, genera confusión, pues una vez que se abre investigación, se tienen que realizar los actos.

Estos implican recolectar información, tomar declaraciones de testigos, solicitar datos y otros, sin embargo, no se podrá pasar a una etapa procesal posterior.

“Los actos de investigación se van a realizar, pero en el momento en que estos culminen y se tenga que tomar la decisión de pasar a la siguiente etapa procesal, no se podrá. Y se tendrá que suspender ahí la actividad de la investigación porque el presidente tiene la protección que le da la Constitución”, afirmó.

En diálogo con Correo, el especialista explicó que no se podrá avanzar a la etapa de investigación preparatoria o acusar al presidente, mientras este se encuentre sentado en el cargo.

“Así será hasta que se levante su fuero por mandato del Congreso una vez que termine sus funciones en el cargo, o en su defecto sea objeto de un proceso de vacancia”, indicó.

Desde la Fiscalía, indicaron que el inicio de una investigación preliminar interrumpe el plazo de prescripción del delito. “Asimismo, el investigado pasa a ser imputado, es decir, que existe sospecha inicial en su contra por lo que los fiscales provinciales que investigan los hechos deberán acopiar lo que resulte vinculante a efectos de la imputación contra el presidente”, señalaron.

Por su parte, el fiscal coordinador de denuncias constitucionales, Ramiro González, sostuvo -en canal N- que, con la suspensión del inicio de actos de investigación “se pretende proteger la investidura presidencial, mas no al presidente de turno”.

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