Se trata de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las elecciones municipales 2022. (Foto: Difusión)
Se trata de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las elecciones municipales 2022. (Foto: Difusión)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) fijó el 23 de enero de 2023 como fecha límite para que las organizaciones políticas, alianzas electorales, candidatos o sus responsables de campaña, presenten la segunda entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las elecciones municipales 2022.

Así lo establece la Resolución Gerencial N.° 493-2022-GSFP/ONPE, en la cual se precisa que el periodo de esta segunda entrega de información financiera de campaña comprende desde el 03 de setiembre de 2022 hasta el 30 de diciembre de 2022.

El Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios establece que la segunda entrega de la información financiera será entregada en un plazo no mayor de 15 días de concluido el proceso electoral con la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la resolución que dispone su conclusión.

De las 129 organizaciones políticas obligadas 23 (17.83 %), a la fecha, han entregado la segunda información financiera y 106 (82.17 %) aún no lo han hecho.

A su vez, de los 72,542 candidatos y candidatas obligados a presentar su segundo informe de aportes/ingresos recibidos y gastos realizados durante la campaña electoral elecciones regionales y municipales 2022, a la fecha, la plataforma digital Claridad ha recibido la segunda entrega de información financiera de 51,928 (71.58 %) candidatos y candidatas. No lo ha hecho aún 20,614 (28.42 %).

Los obligados a entregar la información financiera de campaña son los candidatos y candidatas a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales; alcaldes y regidores provinciales o distritales que fueron inscritos por el Jurado Electoral Especial respectivo, para su participación en el proceso electoral.

Inclusive los candidatos y candidatas inscritos que no hayan tenido aportes/ingresos ni efectuados gastos de campaña deben realizar una declaración en cero.

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