Fotos: Alessandro Currarino / @photo.gec
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El Poder Judicial rechazó la solicitud de Patricia Benavides, exfiscal de la Nación, quien buscaba que el Ministerio Público explicara detalladamente las razones detrás de su solicitud para entregar voluntariamente su celular en el marco de la investigación por presunta participación en una organización criminal.

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El juez supremo Juan Carlos Checkley declaró infundada la tutela de derechos presentada por Benavides, lo que significa que deberá entregar, de manera voluntaria, su celular o los teléfonos de su uso personal ante el despacho de la fiscal Suprema Delia Espinoza.

Los abogados de la suspendida fiscal suprema exigió que se especifique el tipo de información que se busca extraer, como registros de llamadas, mensajes de texto, contenido de aplicaciones como WhatsApp, conversaciones en chats, llamadas vía aplicaciones, archivos de imagen, audio y video, entre otros; las fechas de las comunicaciones que se pretenden extraer; y las comunicaciones específicas entre la investigada y personas identificadas.

Según lo solicitado por la defensa legal de Benavides, estas precisiones son necesarias para salvaguardar el derecho a la intimidad de su cliente y prevenir cualquier violación adicional al debido proceso y al derecho de defensa.

Según RPP, el juez supremo Checkley concluyó que la solicitud de precisión presentada por la defensa legal de la magistrada suspendida el pasado 31 de enero es considerada “extemporánea”, ya que fue realizada después del plazo establecido para la entrega voluntaria de estos dispositivos, programado para los días 25 y 26 de enero.

“En principio, se observa que la solicitud de precisión fue presentada el 31/01/2024, esto es, cuando ya habían transcurrido las fechas programadas para la entrega voluntaria (días 25/01/2024 a las 15:00 horas y 26/01/2024 a las 11:00 horas). Si la defensa consideraba que era necesario efectuar alguna precisión en la Disposición N°7 del 22/01/2024, que requirió la entrega voluntaria de celulares, lo lógico y razonable era que la petición sea efectuada antes de dicha fecha, se lee en la resolución emitida el 25 de abril.

Checkley subraya que la disposición de la fiscal suprema Delia Espinoza, que solicitó la entrega de teléfonos celulares por parte de Patricia Benavides, está adecuadamente fundamentada tanto en los hechos como en el derecho. Se especificaron los motivos que respaldan la solicitud, incluyendo el uso del teléfono celular y la aplicación Signal para coordinaciones relacionadas con los hechos investigados.

El magistrado recordó que el Ministerio Público sostuvo que Patricia Benavides utilizó la aplicación Signal, según la declaración de su exasesor Jaime Villanueva Barreto, quien afirmó que lo hizo para evitar la identificación de sus comunicaciones y presuntas coordinaciones ilícitas.

Además. indicó que, al estar la investigación en una fase preliminar, no es necesario que la defensa de Benavides requiera al Ministerio Público más detalles sobre la información a extraer de los teléfonos entregados, siendo suficiente la delimitación de los hechos investigados en las disposiciones fiscales correspondientes.

Por lo anterior, al efectuarse el requerimiento de entrega voluntaria de equipos de telefonía no se observa la vulneración de los derechos a la defensa, al debido proceso, al secreto de las comunicaciones, o de alguna garantía constitucional o de norma procesal, sino que el requerimiento fiscal fue emitido conforme a lo estipulado en el artículo 218° numeral 1 del CPP, correspondiendo desestimarse por infundada la tutela de derechos presentada”, concluyó.

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