(Foto: GEC / Julio Reaño)
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La Primera Sala Constitucional de la sede judicial Alzamora fijó para el 14 de mayo de 2026, a las 9:00 a. m., la audiencia virtual en la que analizará la solicitud de pensión vitalicia presentada por el expresidente Pedro Castillo. Según el documento oficial, la vista de la causa fue admitida como fundada.

Desde las 9:00 a. m. de la fecha programada, la Primera Sala Constitucional de Lima evaluará la apelación presentada por la Procuraduría Pública del Parlamento, que busca revocar la sentencia emitida el 10 de septiembre por el juez Alexis Anicama. Esa resolución declaró fundada la demanda de amparo presentada el 30 de mayo de 2024 por la defensa de Pedro Castillo y ordenó otorgarle una pensión vitalicia.

Ese día, el colegiado oirá los alegatos tanto de la defensa del Congreso como del abogado de Pedro Castillo, con el propósito de resolver en los días siguientes el recurso de apelación.

En su apelación, la Procuraduría Pública del Congreso solicita que la instancia superior deje sin efecto la sentencia y, en su lugar, declare improcedente o infundada la demanda de amparo presentada por el exjefe de Estado.

El 13 de octubre, el juez constitucional de Lima, Alex Anicama, admitió “con efecto suspendido” la apelación presentada por la Procuraduría del Congreso, medida que origina que la sentencia que ordena al Parlamento Nacional otorgar a Pedro Castillo una pensión vitalicia —desde el 8 de diciembre de 2022 y con todos los beneficios correspondientes— quede sin ejecución inmediata hasta que la instancia superior resuelva el recurso que busca revocar dicho fallo.

Al considerar vulnerado el derecho a la igualdad —pues en un caso similar se otorgó la pensión vitalicia al exmandatario Alberto Fujimori bajo la Ley 26519—, el juez constitucional de Lima, Alexis Anicama, dispuso que el Congreso conceda a Pedro Castillo una pensión vitalicia, con todos los beneficios correspondientes, desde el 8 de diciembre de 2022.

En la resolución del 10 de septiembre, a la que accedió RPP, el juez Anicama Budiel señaló que el Congreso —como parte demandada— sostuvo que el trámite para otorgar la pensión estaba paralizado; sin embargo, no presentó ningún medio probatorio ni resolución administrativa que respalde esa afirmación.

Con esos fundamentos, el magistrado dispuso dejar sin efecto y declarar nula la carta N.° 543-2024-DRHDGA/CR, emitida el 22 de marzo de 2024, mediante la cual se había denegado la pensión vitalicia a Pedro Castillo por su condición de expresidente de la República.

El magistrado Anicama Budiel también dispuso anular y dejar sin efecto la Resolución N.° 133-2024-DGACR, del 14 de mayo de 2024, que había declarado infundado el recurso de apelación presentado por Pedro Castillo contra la carta que rechazó su pensión vitalicia.

Asimismo, el magistrado dispuso que la administración del Congreso emita un nuevo pronunciamiento en el que otorgue al demandante la pensión vitalicia —con todos los beneficios inherentes— a partir del 8 de diciembre de 2022.

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