María Acuña. (Foto: Congreso)
María Acuña. (Foto: Congreso)

La congresista María Acuña de Alianza para el Progreso (APP) presentó un proyecto de ley para autorizar el retiro del Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocido como Pacto de San José.

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La iniciativa de APP plantea autorizar a la Presidencia del Perú presentar un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), a fin de proceder con el retiro del tratado internacional.

El proyecto para el retiro del Perú del Pacto de San José tiene entre sus motivos la implementación de la pena de muerte para delitos relacionados a la criminalidad.

El mencionado tratado internacional impide a Perú aplicar dicha pena en el país.

“Cortina de humo”

Como se sabe, la jueza suprema titular del Poder Judicial, Elvia Barrios, consideró una “cortina de humo” y “un distractivo” lo señalado por la presidenta Dina Boluarte, quien abrió el debate sobre la aplicación de la pena de muerte para los violadores de menores, a pesar de conocer de la complejidad del tema.

“Ocurre una gran desgracia que impacta y nos sensibiliza y lo primero que se hace es invocar la pena de muerte, pero qué acto concreto se hace, esto no es más que un distractivo”, aseveró en RPP.

Elvia Barrios recordó que desde años se viene hablando del tema, pero a la fecha no hay nada concreto. “Para mí es una cortina de humo” para tapar los verdaderos problemas del país.

La magistrada criticó a Dina Boluarte, pues señala que las verdaderas intenciones del Gobierno son desviar la atención ante “todos los cuestionamientos”; así como frente “la gran inseguridad ciudadana que tenemos y que no se da solución” y “el gran tema de violencia que afecta fundamentalmente a las mujeres y a las niñas”.

Lamentó que el gobierno de Dina Boluarte no tenga una estrategia adecuada para combatir las problemáticas que enfrenta el país.

“Populismo penal”

En tanto, Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, dijo que el debate de la pena de muerte suele resurgir en momentos de crisis de seguridad, y muchas veces por “populismo penal” o una “cortina de humo” que desvía la atención de problemas estructurales más profundos en el sistema de justicia y seguridad.

Señaló que aplicar la pena de muerte para violadores de menores es complejo y se enfrenta a varios obstáculos jurídicos y políticos. “Yo creo que sí es una cortina de humo, creo que políticamente y la sociedad peruana se ha acostumbrado a consumir productos muy fáciles en lugar de reflexionar y trabajar en beneficio propio”, refirió en Canal N, .

A decir de Ernesto Álvarez, abordar el tema de la pena de muerte puede ser una forma de desviar la atención de la necesidad de reformas judiciales y políticas más profundas, como la mejora en la eficacia de la policía, la agilización de los procesos judiciales, y la lucha contra la corrupción.

La legisladora de APP presenta esta iniciativa lesgislativa luego de que la presidenta Dina Boluarte abriera esta semana el debate sobre la implementación de esta medida a raíz del asesinato de una menor de 12 años en Pachacámac. “Es momento de abrir el debate sobre la pena de muerte para violadores de menores”, declaró la mandataria el martes.

¿QUÉ PAÍSES ABANDONARON EL PACTO DE SAN JOSÉ?

De acuerdo con el artículo 78.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados partes podrán salir de la convención “mediante un preaviso de un año”.

Cabe precisar que Venezuela presentó el 10 de septiembre de 2012 un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la denuncia surtió efecto a partir del 10 de septiembre de 2013.

Asimismo, Trinidad y Tobago presentó el 26 de mayo de 1998 una denuncia ante el Secretario de la OEA. Esta denuncia surtió efecto a partir del 28 de mayo de 1999.

PENA DE MUERTE EN EL PERÚ

La pena de muerte en el Perú solo puede aplicarse “por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada”, según el artículo 140 de la Constitución Política del Perú de 1993.