Juan Silva, Pedro Castillo y Geiner Alvarado. Todos procesados por una serie de presuntos delitos. El PJ impuso prisión preventiva para los dos primeros. (Foto: composición Diario Correo)
Juan Silva, Pedro Castillo y Geiner Alvarado. Todos procesados por una serie de presuntos delitos. El PJ impuso prisión preventiva para los dos primeros. (Foto: composición Diario Correo)

El Poder Judicial impuso una segunda medida de prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo.

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Ayer, el juez Juan Carlos Checkley declaró fundado la solicitud del Ministerio Público de prisión preventiva por el plazo de 36 meses contra el exmandatario en la investigación preparatoria que se le sigue por ser presunto líder de una organización criminal cuando ejerció el poder en agravio de Petroperú, el Ministerio de Transportes y el Ministerio de Vivienda.

Recordemos que el magistrado había dictado esta medida contra Castillo -por 18 meses- en un proceso penal distinto: el golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.

Del mismo modo, Checkley impuso ayer prisión preventiva para el exministro de Transportes, Juan Silva Villegas, no habido desde junio del año pasado. En su caso, dispuso dar cuenta a la Policía e Interpol para su captura nacional e internacional.

Sin embargo, el juez dictó para el extitular de Vivienda, Geiner Alvarado comparecencia restringida con reglas de conducta y el pago de una caución de 35 mil soles.

Esta decisión se enmarca en los casos Puente Tarata, Anguía y Petroperú, en el que se atribuye al exmandatario ser el presunto líder de una organización criminal para copar diferentes estamentos del Estado con personal de su entorno.

Ello con la finalidad de controlar y direccionar los procesos de contrataciones que se llevarían a cabo en el MTC, Vivienda y Petroperú, a cambio de beneficios económicos, según señala la Fiscalía.

RAZONES. En la lectura de resolución, el juez Juan Checkley aclaró que el hecho de que Pedro Castillo esté cumpliendo prisión preventiva en el penal de Barbadillo (Ate), desde diciembre del año pasado no impide que el exjefe de Estado pueda ser pasible de una segunda medida de este tipo debido a que se tratan de casos distintos.

“La prisión preventiva dictada en un anterior proceso no está orientada a asegurar la presencia del imputado en procesos posteriores como el presente”, precisó.

El magistrado detalló la imputación de la Fiscalía contra Pedro Castillo y consideró que hay graves y fundados elementos de convicción en su contra por los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión.

Por esos delitos, el juez Checkley dijo que se cumplía con el pronóstico de la pena en una eventual condena a Castillo, a 32 años de prisión.

Asimismo, señaló que su estancia en el penal Barbadillo no puede ser considerado como arraigo domiciliario, ya que “su permanencia no obedece a su voluntad de establecerse en el lugar”, sino por un mandato judicial.

SITUACIÓN. En el caso de Juan Silva, el juez Juan Checkley subrayó de que el exministro está no habido desde junio del año pasado, por lo que queda acreditado el peligro de fuga.

También hay graves y fundados elementos de convicción que vinculan a Silva con los delitos imputados.

Respecto a Geiner Alvarado, el magistrado señaló que la medida de prisión preventiva no es proporcional, al tener en cuenta su comportamiento en el proceso, que calificó de “aceptable”.