El Poder Judicial volvió a rechazar la solicitud del exjefe de la Sunat, Luis Vera, quien buscaba que se archive el proceso penal en su contra por presuntamente no haber denunciado las presiones ejercidas por Bruno Pacheco, entonces secretario general del Despacho Presidencial durante el gobierno del expresidente Pedro Castillo.

Es así como la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado el recurso de apelación presentado por Luis Vera Castillo, con el que buscaba revocar la resolución emitida por el juez supremo Juan Carlos Checkley el 4 de julio de 2024. Dicha resolución había rechazado la excepción de improcedencia de acción planteada por su defensa legal, que pretendía archivar el proceso penal en su contra. Asimismo, se desestimó la posibilidad de declarar la nulidad de la resolución o auto que autoriza el inicio del juicio oral correspondiente.

En su recurso de apelación, la defensa legal de Luis Vera argumentó que el juez supremo Checkley Soria vulneró el principio de legalidad, al considerar que su patrocinado tenía la obligación de denunciar los hechos. Según la defensa, el deber previsto en el artículo 326, numeral 2, literal “b” del Código Procesal Penal es de carácter general, por lo que debía estar complementado por una norma penal, extrapenal, reglamento u otro documento que estableciera de forma específica dicha obligación para el cargo de Superintendente de la Sunat, conforme a sus funciones y atribuciones.

Asimismo, la defensa sostiene que Luis Vera sí cumplió con informar los hechos a su superior jerárquico, el ministro de Economía, y que proporcionó al Ministerio Público la información necesaria para el esclarecimiento del caso. Además, argumenta que el juez vulneró el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, al no pronunciarse sobre la supuesta ausencia de tipicidad subjetiva alegada en la excepción de improcedencia de acción.

Sin embargo, el tribunal supremo concluyó que la resolución impugnada cuenta con una debida motivación, al haber expuesto de manera clara y detallada los fundamentos relacionados con la excepción de improcedencia de acción presentada por la defensa.

El extitular de la Sunat, Luis Vera Castillo, enfrenta un juicio oral en el que la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos ha solicitado una condena de dos años de pena privativa de la libertad, al acusarlo como autor del delito de omisión de denuncia agravada en perjuicio del Estado.

Además, el Ministerio Público ha requerido que se le imponga un año de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público y que pague una reparación civil de S/5.000 a favor del Estado.

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