Por unanimidad, el Pleno del Congreso aprobó este 10 de setiembre, la modificación de los artículos 108-C y 108-D del Código Penal para fortalecer la lucha contra el sicariato; y exoneró la norma de una segunda votación.
La reforma establece una pena privativa de libertad no menor a 30 años para quienes cometan, ordenen o intermediaren en sicariato, y cadena perpetua si se involucra a menores de edad o inimputables en el delito.
La iniciativa precisa que quien mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole, “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 30 años y con inhabilitación establecida en el numeral 6 del artículo 36“.
Las mismas penas se imponen a quien actúa como intermediario.
El presidente de la Comisión de Justicia, Flavio Cruz, destacó que el sicariato crece alarmantemente en el país, con un promedio de tres asesinatos por encargo diarios en 2024, afectando la seguridad ciudadana, el orden interno y la economía.
La norma también endurece las penas por conspiración y cierre vacíos legales para castigar fases previas al sicariato.
En tanto, los legisladores Roberto Chiabra y María del Carmen Alva enfatizaron la urgencia de sancionar a quienes utilizan a menores para estos crímenes y señalaron que el sicariato genera un clima de miedo y convierte la vida humana en mercancía.
Esta reforma busca alinear el Código Penal con la gravedad del problema sin vulnerar principios legales.
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