El Poder Judicial declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) contra los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez Gómez, integrantes del Equipo Especial Lava Jato.
La demanda buscaba anular dos resoluciones fiscales de 2019 que excluyeron a exfuncionarios de Odebrecht de una investigación por presunta defraudación tributaria.
La Sunat, entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), cuestionó las disposiciones que beneficiaron a exdirectivos de la constructora brasileña, como Jorge Barata y Antonio Carlos Nostre Junior, en el marco del caso del Metro de Lima.
Según la administración tributaria, estas decisiones habrían afectado el debido proceso en la investigación por presuntos delitos tributarios. Sin embargo, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima determinó que las resoluciones fiscales se ajustaron a los términos del acuerdo de colaboración eficaz que Odebrecht suscribió con el Estado peruano.
El fallo señaló que los exfuncionarios colaboraron con la investigación principal, aportando información relevante para el caso Lava Jato, por lo que su exclusión de la investigación tributaria fue conforme a ley.
Los fiscales Vela Barba y Pérez Gómez habían archivado previamente la denuncia de la Sunat, al considerar que los implicados estaban protegidos por el acuerdo de colaboración.
La resolución judicial ratificó esa decisión, descartando que se hubiera vulnerado el derecho a un proceso regular.
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