(Foto: Julio Reaño / @photo.gec)
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El expresidente Pedro Castillo continuará bajo investigación preparatoria en la Fiscalía por presunta organización criminal en los casos acumulados de Petroperú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.

Ello se debe a que el juez supremo provisional, Juan Carlos Checkley, declaró “infundada” la solicitud presentada por el exmandatario el pasado 11 de abril, mediante la cual buscaba que se ordenara la desacumulación de los tres casos comprendidos en una carpeta fiscal a cargo de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos.

La defensa de Castillo sostiene que los tres hechos investigados son distintos en tiempo y espacio, sin vinculación entre sí ni entre los involucrados. Por ello, planteó que los casos comprendidos en la carpeta principal N.° 66-2023 se incorporen a cuatro investigaciones en las que originalmente se buscaba su acumulación, al considerar que en ellas se analizan dichos hechos de manera individual.

Es así como la defensa agregó que, durante un año, la Fiscalía concentró sus indagaciones en un solo hecho, dejando de lado los otros dos. Asimismo, sostuvo que, conforme a la nueva normativa, dichos delitos ya no califican como parte de una organización criminal.

Sin embargo, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley concluyó que no se cumplen los requisitos previstos en el artículo 51 del Código Procesal Penal para disponer la separación de una investigación seguida contra altos funcionarios, con el fin de incorporarla a procesos independientes a cargo de fiscalías y juzgados superiores.

La mencionada solicitud, no adjunta elemento alguno que evidencie que se requieren diligencias especiales o plazos adicionales para la investigación, no habiendo cumplido el recurrente con dicho requisito. Sin perjuicio de ello, cabe señalar que la investigación seguida en la carpeta fiscal N°66-2023, corresponde a una por la presunta comisión del delito de organización criminal y otros ilícitos que, por su naturaleza, cuentan con el plazo máximo legal para las investigaciones por crimen organizado (36 meses), el cual, de acuerdo con las condiciones de complejidad, puede incluso prorrogarse por un plazo adicional. En ese sentido, no existe justificación, por razones de plazos de investigación o por la necesidad de practicar diligencias preliminares, para autorizar la desacumulación requerida”, indica el magistrado en su resolución emitida el último 1 de septiembre a la que tuvo acceso RPP.

El juez supremo provisional Checkley Soria enfatizó que la investigación está dirigida contra tres ex altos funcionarios del Estado: el expresidente Pedro Castillo y los exministros Juan Francisco Silva y Geiner Alvarado. Precisó que, por razón de la función pública, este proceso es de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia, “por lo cual no resulta viable desacumular una investigación contra altos funcionarios para remitir la competencia a juzgados y fiscalías superiores En consecuencia, la solicitud de desacumulación es infundada”.

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