(Foto: Blog PUPC)
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La Procuraduría de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) interpuso una denuncia penal contra el juez Juan Fidel Torres Tasso y, además, pidió que se abstenga de seguir conociendo el proceso de amparo presentado por Delia Espinoza.

Cabe recordar que la JNJ analizaba la posibilidad de iniciar una investigación al juez Torres Tasso por la decisión que tomó al ordenar la reposición de Delia Espinoza como fiscal de la Nación, luego de admitir la demanda de amparo con la que ella buscaba retomar la titularidad del Ministerio Público.

En ese contexto, se informó que el procurador público de la JNJ, Marlo Tello Ponce —designado por la Resolución N.º 108-2021-PGE/PG— presentó una denuncia penal contra el juez titular del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, en aplicación del artículo 47° de la Constitución y en resguardo de los derechos e intereses del Estado.

Presento denuncia penal contra Juan Fidel Torres Tasso, en su actuación como juez titular del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, por la presunta omisión de los delitos de usurpación de función pública, abuso de autoridad y prevaricato”, señala el documento.

En ese sentido, tras la emisión de una medida cautelar por parte del despacho del juez Torres Tasso a favor de la fiscal suprema Delia Espinoza —en un proceso de amparo que generó controversia por la celeridad y el trato dado al caso—, la JNJ no solo expresó su desacuerdo con la decisión judicial, sino que volvió a pronunciarse públicamente sobre el asunto.

Además de la denuncia penal contra el magistrado, la JNJ pide que Torres Tasso se aparte “por decoro” del proceso de amparo presentado por Espinoza, y, consecuentemente, el expediente sea derivado a otro juzgado constitucional para que continúe con la tramitación del caso.

En el desarrollo del presente proceso judicial (principal y cautelar) se han presentado situaciones que, desde nuestra perspectiva y con mucho respeto a la defensa de nuestro derecho fundamental a un juez imparcial, evidenciarían una aparente parcialidad de su parte y un indebido adelanto de opinión, razón para la cual presentamos la presente solicitud de abstención por decoro“, indica la JNJ.

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