César Abanto Revilla, abogado experto en Derecho de la Seguridad Social, afirmó que los recientes proyectos de ley impulsados en el Congreso de la República, que buscan habilitar un octavo retiro de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), son inconstitucionales. La advertencia se sustenta en precedentes del Tribunal Constitucional (TC), así como en principios constitucionales vinculados al derecho a la pensión y a la intangibilidad de los fondos previsionales.

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“El artículo 12 de la Constitución establece que los fondos previsionales son intangibles y solo pueden destinarse al pago de pensiones. En ese sentido, cualquier medida legislativa que habilite retiros sin sustento excepcional contraviene el orden constitucional”, expresó Abanto.

El especialista recordó que en la Sentencia del Expediente N.° 00020-2021-PI/TC, el Tribunal estableció límites precisos al Congreso en cuanto a su capacidad para disponer de los fondos del sistema previsional. En ese caso, si bien se declaró infundada la demanda contra la Ley N.º 31192, se señaló que la aprobación del retiro se justificó por un contexto excepcional: la emergencia sanitaria por la COVID-19, la cual culminó formalmente mediante el D.S. N.° 130-2022-PCM, el 27 de octubre de 2022.

“El contexto de excepcionalidad ya no existe. Por lo tanto, cualquier nuevo retiro carece de justificación constitucional. Incluso el retiro autorizado en 2023 fue inconstitucional. Si se hubiera presentado una demanda, el TC habría tenido que declararla fundada”, indicó.

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Retiros afectan la cobertura previsional

Abanto también advirtió que los fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización no solo están destinados a la pensión de jubilación, sino que constituyen respaldo ante riesgos previsionales como invalidez, fallecimiento o sobrevivencia.

“Los retiros masivos dejan a los afiliados expuestos. Si un afiliado joven sufre un accidente o fallece, la ausencia de fondos impide el acceso a una pensión de invalidez o de sobrevivencia para sus deudos”, señaló.

Además, indicó que estos proyectos legislativos atentan directamente contra el derecho a la pensión, al vaciar cuentas individuales y eliminar el acceso futuro al beneficio, en evidente afectación al principio de sostenibilidad del sistema.

Seguridad social y sostenibilidad

El abogado remarcó que el Sistema Privado de Pensiones (SPP) forma parte del sistema de seguridad social, reconocido como tal por el propio Tribunal Constitucional. Por tanto, su sostenibilidad financiera está protegida constitucionalmente.

Finalmente, Abanto —miembro de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social— exhortó al Congreso y al Ejecutivo a abandonar la narrativa populista de los retiros y enfocarse en reformas estructurales urgentes, como:

  • La reducción de la informalidad laboral, que supera el 70 %;
  • La lucha contra la morosidad previsional, tanto en el régimen de AFP como en el de la ONP;
  • Y la evaluación de mecanismos de financiamiento efectivo de las pensiones ante el aumento de la longevidad en la población peruana.