Con esta nueva modificatoria, contemplada en la Resolución Nº 000082-2025/JNAC/RENIEC, la cual fue oficializada en el diario El Peruano, los ciudadanos que requieran acceder al servicio de consultas en línea deberán presentar menos datos.
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De acuerdo a la norma, el servicio de suministro de información será ofrecido a través de las siguientes modalidades: a) vía internet, b) vía línea dedicada.
Para acceder a cualquier modalidad del servicio de consultas en línea se requiere previa autorización del Reniec". Así, el usuario del servicio de consultas en línea accederá a través del nivel de información que el Reniec determine, previo análisis legal y técnico.
Con esta nueva modificatoria, los ciudadanos mayores de edad que requieran acceder al servicio de consultas en línea deberán presentar los siguientes datos en nivel 1: Código Único de Identificación (CUI o número de DNI), nombres, apellidos (incluye apellido de casada), fecha de emisión del DNI, observaciones y/o restricciones y sexo.
En tanto, en el nivel 2, fecha de nacimiento, estado civil, dirección, ubigeo de la dirección, fecha de fallecimiento.
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