El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda del Ministerio Público y validó que la PNP lidere actos de investigación en etapas preliminares, bajo ciertos límites.
El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda del Ministerio Público y validó que la PNP lidere actos de investigación en etapas preliminares, bajo ciertos límites.

El Tribunal Constitucional rechazó la demanda presentada por el Ministerio Público contra el Congreso, que buscaba limitar la intervención de la Policía Nacional en las investigaciones fiscales.

La decisión confirma que la PNP puede dirigir diligencias durante la etapa preliminar, siempre en el marco de la ley.

El fallo indica que las normas cuestionadas son constitucionales si se interpretan conforme a lo establecido en la sentencia. El Tribunal advirtió que su aplicación no puede exceder los límites fijados por la Constitución.

Según el pronunciamiento, la Policía mantiene sus facultades para actuar directamente en investigaciones, en especial en casos de flagrancia o crimen organizado, siempre bajo supervisión del Ministerio Público.

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