El Tribunal Constitucional ordenó la Presidencia responder recomendaciones de la Defensoría del Pueblo que garantizan el trabajo de la prensa.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda competencial planteada por la Defensoría del Pueblo contra el Poder Ejecutivo por la falta de atención de solicitudes y oficios cursados al amparo de sus atribuciones constitucionales en defensa de los derechos fundamentales de la ciudadanía y de su rol supervisor de los deberes que debe cumplir la administración pública, en la protección de las libertades de expresión e información”, señala la Oficina de Imagen Institucional del TC.

Mediante su sentencia recaída en el Proceso Competencial iniciado por la Defensoría del Pueblo contra el Poder Ejecutivo (Exp. N˚ 00001-2022-PCC/TC), publicada el 5 de diciembre en El Peruano, el Tribunal Constitucional, ordenó a la Presidencia que cumpla con responder las siguientes recomendaciones que fueron formuladas por la entidad defensora, como suscribir la Declaración de Chapultepec, que establece varios principios con el objetivo de informar la labor de los Estados en aras de garantizar y proteger las libertades de expresión y de prensa.

Además, disponer la capacitación del personal encargado de la seguridad del presidente de la república sobre el trabajo de las y los periodistas.

También piden no obstaculizar la participación de los medios en los actos oficiales u otros eventos públicos de los que es parte el presidente de la república, o altos funcionarios del Poder Ejecutivo.

Por otro lado, recomienda conceder entrevistas a medios de comunicación con el objetivo de garantizar el derecho a la información de la ciudadanía.

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