El Tribunal Constitucional (TC) declaró nula la condena de tres años de prisión suspendida que había sido impuesta al excongresista de Alianza para el Progreso (APP), Humberto Acuña Peralta, y dispuso que el Poder Judicial emita una nueva sentencia en el caso.

La decisión alcanza a la Resolución 17, del 2 de diciembre de 2019, dictada por el Décimo Juzgado Penal Unipersonal Permanente Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, así como a la Resolución 25, del 1 de septiembre de 2020, emitida por la Tercera Sala Penal de Apelaciones del mismo distrito judicial.

Además, anuló el auto de calificación expedido por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema el 27 de agosto de 2021, en lo referido al exparlamentario.

El TC ordenó al Décimo Juzgado Penal Unipersonal de Lambayeque renovar la sentencia, tomando en cuenta los fundamentos del fallo. En ese sentido, declaró fundada en parte la demanda de amparo presentada por Acuña, quien alegó vulneración de sus derechos a la presunción de inocencia, de defensa y a la debida motivación de las resoluciones judiciales.

En su resolución, los magistrados del TC sostuvieron que las grabaciones telefónicas empleadas en el proceso constituyen material ilícito, al haberse autorizado la interceptación sin una motivación adecuada por parte del Poder Judicial.

“Vulnerar el secreto de las comunicaciones de una persona a la que no se le imputa ningún hecho que lo justifique o fundamente, es un acto evidentemente irregular y no algo que pueda ocurrir de buena fe”, señaló el fallo.

Asimismo, precisó que “la cadena de vulneraciones continúa cuando la información obtenida ilícitamente sirve para acusar, procesar y condenar a un tercero sin relación alguna con los hechos materia de investigación, sin su conocimiento y sin posibilidad de defenderse oportunamente de tales hechos. De esta forma, se configura una vulneración al derecho de defensa del recurrente”.

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