El representante legal del partido Unidad Popular, el exjuez supremo Duberlí Rodríguez, conversó con Correo sobre las tensiones entre el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Poder Judicial (PJ) tras la sentencia, emitida por este último, en el que se ordena la inscripción provisional y habilitación de la organización para participar en los comicios del 2026.
Según UP, la Ley Orgánica le permite una inscripción provisional -para completar, eventualmente, el proceso en el JNE-; pero de acuerdo con el JNE, la Ley de Organizaciones Políticas, emitida después, deroga lo señalado. En el marco de esta discusión, el Pleno del JNE aprobó presentar una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional.
“Estamos ya formando el equipo jurídico que va a respaldar al JNE contra el Poder Judicial y, en específico, contra el accionar que vienen poniendo en duda lo que dice la Constitución: que las decisiones del JNE son irrevisables y que se tiene que respetar lo que dice el calendario electoral”, sostuvo el titular del JNE, Roberto Burneo.
¿Cuáles son sus primeras impresiones frente al anuncio del JNE de presentar una demanda competencial contra el Poder Judicial?
Yo, como hombre de derecho, porque además de abogado he sido juez también, respeto la decisión del JNE de interponer una demanda competencial. Lo que se va a poner en discusión en el TC es si el Poder Judicial es competente o no para resolver asuntos que tienen contenido electoral, porque, teóricamente, el único que podría ver esos temas es el JNE, así lo dice la Constitución.
Pero también nosotros podríamos contestar que el Poder Judicial es un poder autónomo y, al fin y al cabo, es un poder; en cambio, el Jurado no es un poder, es un órgano autónomo que tiene menos jerarquía y rango.
El JNE es un órgano administrativo. (…) Nada escapa al control constitucional. Eso ya lo dice el Nuevo Código Procesal Constitucional, que establece que las sentencias de los jueces constitucionales tienen preeminencia sobre las otras jurisdicciones. Es decir, lo que resuelva un juez constitucional, como en este caso ya se ha resuelto, prima sobre cualquier decisión del JNE.
Se ha mencionado también que el fallo del juez John Paredes Salas sería “irregular”.
No es así. La sentencia del señor juez del Tercer Juzgado Constitucional es impecable. La mayor parte de juristas especializados en derecho electoral han dicho lo mismo.
Claro, por ahí van a surgir opiniones como la del Sr. Fernando Rospigliosi (congresista de Fuerza Popular), que no saben nada de derecho constitucional, alegando que se están entrometiendo en la labor del JNE. También podríamos decir lo mismo cuando se demanda al Poder Judicial, por ejemplo, vía amparo o hábeas corpus, también por sentencias que ya tienen autoridad de cosa juzgada.
La jurisdicción constitucional prima sobre cualquier otra, y eso es lo que ahorita estamos tratando de que se respete. Ya son dos resoluciones en las que el juez le está diciendo al JNE: “Acate la sentencia”.
No puede el JNE decir que “es inejecutable” con el pretexto de que se está alterando el calendario electoral. Todavía no se han inscrito ni siquiera los candidatos, no ha habido elecciones ni tampoco se han proclamado los ganadores. Si ya hubiera pasado eso, sí sería inejecutable, porque sería materialmente imposible retrotraer lo que está en discusión a fechas anteriores.
El JNE entra en una situación de capricho, en un falso orgullo, diciendo “Nosotros somos intocables”.
Se ha anunciado esta demanda competencial, pero aún hay apelaciones del JNE por resolverse en el Poder Judicial...
Sí, la sentencia principal ya ha sido apelada por el Jurado. El expediente ya estará subiendo a una sala de apelaciones de Lima. Si allí se revoca la sentencia del juez (Paredes) en contra de Unidad Popular, presentaremos un recurso de agravio constitucional ante el TC; si la sentencia sale a nuestro favor, hay doble instancia y allí culmina.
Por otro lado, el juez ordenó la ejecución inmediata de la sentencia. El JNE no cumplió y ya se le impuso una primera sanción: 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) y ha enviado copias al Ministerio Público.
Ahora, el juez, por decisión propia o a pedido nuestro, puede imponer sanciones más drásticas como la remoción. Así lo establece el Código Procesal Constitucional. (…) No quisiéramos llegar a ese extremo de confrontación. Lo que debe hacer el JNE es dar una muestra de respeto a las resoluciones judiciales.
Si los tribunos supremos están desacatando las resoluciones judiciales, ¿Qué se puede esperar de un ciudadano común y corriente?
El JNE, sin embargo, no está dispuesto a ceder ¿Están contemplando acciones adicionales a las ya iniciadas?
Sí, vamos a tomar algunas medidas más políticas. Reuniremos al núcleo de dirección de Unidad Popular y, seguramente, entre mañana y pasado vamos a tomar acciones, no de violencia, sino de reclamo visible para exigir que el Jurado cumpla las resoluciones judiciales. No pedimos nada más que eso.
¿Qué tipo de acciones políticas están considerando?
Haríamos una vigilia en la puerta del Jurado, podríamos encadenarnos en las rejas y, por último, hasta se podría hablar de una huelga de hambre. Es intolerable e inaceptable que, solo por capricho y parcialización, el JNE esté permitiendo que, con maniobras fraudulentas dilatorias, un señor Barrantes de Avanza País haya dejado fuera de carrera a tres partidos: Unidad Popular, APU y Runa. No solo somos nosotros.
Es más visible nuestro tema porque los otros dos partidos, por razones que desconozco, no han continuado su acción de amparo. Nosotros sí la hemos continuado y hemos ganado.
¿En qué situación está la inscripción de Unidad Popular en estos momentos?
Nosotros ya tenemos la inscripción definitiva, pero esa nos la dieron a mediados de junio, con lo cual solo podremos participar en las regionales y municipales. Estamos insistiendo para que se nos reconozca el derecho de inscripción antes del 12 de abril, fecha límite para las inscripciones de partidos que deseen participar en las Elecciones Generales 2026: fórmula presidencial, elecciones congresales y Parlamento Andino.
En esa línea va la sentencia del juez. Cuando salió la resolución tratamos de incorporarnos a una alianza —la Alianza Electoral con Voces del Pueblo y Nuevo Perú— éramos tres partidos. Pero la noche anterior al 2 de agosto, el Jurado anunció que declaraba inejecutable la resolución del juez, algo absurdo.
Mientras ocurre este conflicto entre el JNE y el PJ, el cronograma electoral sigue en curso...
Nosotros, Unidad Popular, acompañando copia de la sentencia y de las resoluciones del juzgado, notificamos a la ONPE, antes de la fecha límite, el mecanismo de elección de candidatos en nuestro partido: un sistema de delegados.
¿Y por qué lo hicimos? Porque, si el Jurado finalmente da un paso atrás y acepta las resoluciones del juez, podría decirnos después que no cumplimos con informar a la ONPE este requisito. Por eso, ya nos adelantamos y ahora lo único que queda es la convalidación. Eso hicimos.