El magistrado del Tribunal Constitucional explicó que el fallo que anula la acusación fiscal contra Keiko Fujimori en el caso ‘Cócteles’ se basa en la vulneración de derechos fundamentales.
El magistrado del Tribunal Constitucional explicó que el fallo que anula la acusación fiscal contra Keiko Fujimori en el caso ‘Cócteles’ se basa en la vulneración de derechos fundamentales.

“Con una década de investigación, ya se había vulnerado el plazo razonable, afirmó el magistrado del Tribunal Constitucional (TC), César Ochoa, al justificar la decisión del organismo de anular la acusación fiscal contra Keiko Fujimori en el caso ‘Cócteles’.

Ochoa explicó en RPP que la resolución del TC se sustenta en la vulneración de dos derechos fundamentales: el derecho al plazo razonable y el derecho a la legalidad penal.

“Son dos derechos que están tutelados en esta sentencia: tanto el derecho a la legalidad penal como el derecho al plazo razonable, porque se trata de una investigación que dura una década, con devoluciones de actuados justamente por problemas entre el Ministerio Público y el Poder Judicial”, precisó el magistrado.

El fallo del Tribunal Constitucional ordena dejar sin efecto la acusación del Ministerio Público contra la lideresa de Fuerza Popular, procesada por la presunta financiación irregular de sus campañas presidenciales de 2011 y 2016.

Según Ochoa, el proceso ha superado con creces los límites aceptables de duración. Tenemos una década de una investigación que no tiene un derrotero fijo, (...) y a nuestro juicio ya se había vulnerado el plazo razonable”, sostuvo.

El magistrado subrayó que no existe un plazo fijo para determinar cuándo se vulnera dicho derecho, pero que en este caso los retrasos acumulados y las reiteradas devoluciones de los actuados entre el Poder Judicial y el Ministerio Público justificaron la decisión del TC.

Ochoa también rechazó que la sentencia del Tribunal Constitucional represente una interferencia en el Poder Judicial, aclarando que su actuación está amparada en el Código Procesal Constitucional.

“El Tribunal Constitucional se ha pronunciado en habeas corpus contra resolución judicial, figura prevista en el Código Procesal Constitucional. Esto no es una interferencia sobre el Poder Judicial. Aquí lo que se tutela es el derecho a la legalidad penal y al respeto de la tipicidad”, señaló.

El fallo del TC, según Ochoa, reafirma que nadie puede ser procesado sin una ley previa ni fuera del marco penal establecido, principio consagrado en el artículo 224 de la Constitución.

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