​Afiliados de EPS mantendrán cobertura de enfermedades preexistencias
​Afiliados de EPS mantendrán cobertura de enfermedades preexistencias

La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg) mostró su conformidad con la norma que recientemente aprobó el Congreso de la República, la que garantiza que un trabajador y su familia mantengan la cobertura de enfermedades pre existentes aunque deberá contratar un plan individual, en un plazo de 60 días, desde el cese en su puesto de .

El gremio de las empresas aseguradoras señala que durante los últimos años, las EPS han promovido esa cobertura (de enfermedades pre existentes), a través de alternativas como los planes individuales (potestativo).

Es así que la cartera de afiliados potestativos pasó del 0.5% en el 2011 al 2.5% en el 2016. “En número de afiliados, eran algo más de 8,000 potestativos en el 2011 y cerca de 50,000 en el 2016”, precisó.

En ese sentido, la norma sancionada por el Congreso precisa que una persona y su familia no tienen que perder su cobertura de salud si es que el titular cesa de una empresa formal porque tienen la opción de tomar un plan individual de las EPS o un seguro individual en una compañía de seguros.

La norma aprobada reafirma que aquellos que contrajeron una enfermedad mientras estaban afiliados, la misma que fue cubierta por la EPS, continuarán con las mismas coberturas (eso es lo que la norma define como pre-existencia).

Para no perder el derecho a que las preexistencias estén cubiertas, el trabajador debe recordar que la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y su reglamento (DS N° 009-97-SA), establece un plazo de 60 días desde el cese para contratar un Plan Potestativo en la misma o cualquier otra EPS.

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