El Gobierno, a través de un Decreto de Urgencia (DU), dispuso la devolución del 53% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de los combustibles que se consuman en el transporte terrestre de pasajeros y carga.
Requisitos. Según la norma, el consumo de combustible es el principal generador de costos que enfrenta el transportista, por lo que la devolución del ISC le permitirá tener más disponibilidad de dinero para mejorar la calidad del servicio y de la seguridad.
No obstante, para acceder a ese beneficio tributario, el transportista requiere estar formalizado, porque deberá contar con su autorización vigente para prestar servicios, otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Asimismo, no debe tener sanciones de transporte y tránsito.
Además, deben poseer vehículos dentro de los márgenes de antigüedad que establezca el reglamento.
El tributarista César Luna Victoria señaló a Correo que la medida extraordinaria del Gobierno -porque todo cambio en materia tributaria se realiza en el Congreso- se dio por la presión de los transportistas, considerando que son los potenciales consumidores de diésel, combustible que por ser gran contaminante tiene una pesada carga tributaria.
La devolución del ISC se efectuará en función de los galones de combustible diésel adquiridos por el transportista, del distribuidor mayorista y/o minorista, o del establecimiento de venta al público de combustibles.
El transportista le solicitará a la Sunat la devolución del ISC en la forma y plazos establecidos en el Reglamento. "La devolución se efectúa mediante Notas de Crédito Negociables", precisa la norma.