Por rehusarse al cumplimiento de sus deberes funcionales Carlos Antonio Villanueva Quijano, médico asistencial del Centro de Salud de Huacrachuco en la provincia de Marañón fue sentenciado a un año y ocho meses de pena privativa de la libertad.

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El galeno se acogió a la terminación anticipada del proceso, luego de que la fiscal provincial, Bilha Yaritza Rodríguez Zelaya, de la Fiscalía Provincial Penal de Marañón, lo investigara y formulara su requerimiento de la medida coercitiva ante el juzgado.

Villanueva Quijano, trabaja en el consultorio de Medicina III, sin embargo, documentadamente ha manifestado su negativa de practicar exámenes médicos a usuarios que se encuentran comprendidos en hechos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, a solicitud de la comisaría policial de Huacrachuco y el Ministerio Público.

Aducía de no contar con la especialidad de médico legista. En el caso específico que data del 31 de julio del 2023. En aquella oportunidad la ciudadana Macedonia Gómez Aguirre interpuso una denuncia policial luego de haber sido presuntamente agredida física y psicológicamente por parte de su expareja, excuñado y exsuegro, en la localidad de Alto Marañón.

En esas circunstancias el Ministerio Público dispuso llevar a cabo un examen médico para determinar posibles lesiones; no obstante, la respuesta que halló fue contraproducente. Ante la negativa del médico, la fiscal provincial, la asesora jurídica del Centro de Emergencia Mujer (CEM), agentes policiales y abogado defensor de la presunta agraviada acudieron al centro de Salud en procura de cambiar la postura del médico, le dieron alcances de la Ley N.° 30364.

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Sin embargo, el médico se mantuvo renuente. La misma respuesta por parte del Villanueva Quijano recibieron otros casos que requerían su apreciación médica; a pesar de los documentos exhortativos por parte de la Fiscalía Especializada en Prevención del Delito; tal como consta en los oficios de respuesta emitidos por el médico en referencia (n.° 0454, del 12 de agosto del 2023, y 468 del 16 de agosto del 2023).

Ante tal hecho y ante el peligro procesal que representaba, el Ministerio Público tuvo la necesidad de habilitar a otro profesional de Salud para realizar la evaluación solicitada. El Juzgado también ordena una indemnización de 4000 soles de reparación civil a favor del Ministerio Público.

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