de auto, realizada los días 23 y 30 de junio del año en curso, la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco, confirmó 02 resoluciones que declaraban fundadas las prisiones preventivas D.A. (16) y J.A. (16), a quienes se les atribuye la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado en agravio de Jhonathan Huamán Trillo y otros, por el periodo de nueve y seis meses respectivamente.

Grave delito

La citada medida cautelar fue confirmada, luego que el superior colegiado escuchara y evaluara los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica de los imputados, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal y jurisprudencia aplicable.

Conforme al requerimiento fiscal, se atribuye al imputado D.A. (16), haber perpetrado el delito instruido, toda vez que, luego de haber solicitado con su cómplice el servicio de taxi al agraviado Jhonatan Huamán, en el camino hacia San Andrés, provincia de Pisco, lo reducen con un arma, sustrayendo sus pertenencias, dándose a la fuga.

Posteriormente, el agraviado, con el apoyo de personal policial, a la altura de la urbanización Villa Guadalupe, visualiza a los presuntos autores, quienes, luego de una persecución, logran intervenir al imputado, a quien se le encontraron en su poder tres teléfonos celulares, entre ellos el celular del agraviado.

Mientras que, se atribuye al adolescente J.A. (16) en compañía de Jhor Espinoza Chávez y un tercer sujeto no identificado, bajo la modalidad de falso pasajero, abordaron el vehículo placa de rodaje CHR-433, y en el curso del camino, provistos de un arma de fuego, mediante amenaza, sustrajeron el referido vehículo a los agraviados Manuel Palacios y Rosa Escate.

Durante el recorrido y al advertir la presencia policial a la altura de la Nueva Panamericana Sur, Jhor Espinoza Chávez realizó disparos contra el patrullero, llegando hasta el centro poblado Casa Blanca del distrito de San Andrés; posteriormente, el vehículo impacta contra un poste de madera, huyendo raudamente los delincuentes, siendo perseguidos e intervenidos por el personal policial.

La conducta atribuida al imputado se encuentra tipificada en el primer párrafo, numerales 3 (A mano armada) y 4 (Con el concurso de dos o más personas) del artículo 189 del Código Penal, que contempla una pena privativa de libertad no menor de 12 ni mayor de 20 años. El Colegiado fundamentó su decisión en la Ley 32330, que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal.

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