“El empleador, como garante de la seguridad y salud en el centro laboral, siempre será responsable por cualquier evento dañoso para la vida o salud del trabajador”, fue uno de los acuerdos tomados por unanimidad en el VI Pleno Jurisdiccional en materia Laboral y Previsional de la Corte Suprema de Justicia, realizado en el 2017. Así lo reveló ayer el presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (ETII-NLPT), juez supremo Javier Arévalo Vela.

CASO Mc DONALD’S

De este modo, se puede colegir que Mc Donald’s y la administradora de la franquicia Arcos Dorados son responsables por la muerte de los jóvenes trabajadores Alexandra Porras Inga y Carlos Gabriel Campos Zapata en su local de Pueblo Libre.

Tras identificar seis infracciones “muy graves” en el local de McDonald’s, que abonaron el terreno para la trágica muerte de ambos jóvenes, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) envió el resultado de sus investigaciones al Ministerio Público, que en las próximas semanas deberá denunciar penalmente a los responsables.

SOBRE LA REPARACIÓN

“En general, para todo efecto, el criterio de la Corte Suprema es que el empleador responde por todo daño que sufre el trabajador en el ejercicio de sus actividades”, explicó el magistrado supremo.

Añadió que el empleador también es responsable aún cuando el trabajador contribuye al daño, aunque precisó que en este caso podrá disminuir el monto de la reparación que se concede a los familiares de las víctimas.

“El monto de la sanción (al empleador) va a ser menor, pase lo que pase, si hay daño a la salud o muerte en el peor de los casos, va a tener que responder, lo que podrá variar es la intensidad de la reparación”, sostuvo en una reciente reunión con los funcionarios del Poder Judicial y de la Sunafil.

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