La Contraloría detectó que la Dirección Regional de Educación Piura (DREP) canceló beneficios por luto y sepelio a docentes y familiares, correspondientes al régimen del decreto Ley N° 20530, sin tener en cuenta la normativa legal vigente, generando un perjuicio económico de más de 125 mil soles, durante el periodo de 1 de enero de 2021 al 31 de enero de 2022. Además, se determinó responsabilidad civil y/o administrativa de seis funcionarios de esta entidad.
De acuerdo al Informe de Control Específico N° 016-2023-2-1739-SCE, a través del Órgano de Control Institucional (OCI) de la DREP, fueron ocho resoluciones directorales que se aprobaron para el pago de estos beneficios, amparándose en los alcances de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado y su reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 19-90-ED, sin tener en cuenta que dicha norma no contempla la dación de este beneficio a los docentes no activos, que tuvo vigencia hasta el 25 de noviembre de 2012, por lo que estos pagos no se encontraban autorizados por ley.
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Es así que la aprobación fue consignada por parte del director de Asesoría Jurídica, en ese entonces Levy Dávila Señas, y el director de Administración, Jaime Solano Castillo, quienes dieron el visto bueno. Dentro de este proceso también estaría involucrada la responsable de Registro y Escalafón, Flor Vargas de Elera y del técnico Administrativo II, Roberto Salazar Ubillús, por la elaboración y suscripción de 12 informes técnicos de reconocimiento del beneficio.
Ante estos pagos a los docentes cesantes con régimen pensionario y a sus familiares directos ante su fallecimiento, generó un perjuicio económico a la Dirección Regional de Educación de Piura de S/ 125,949. Por fallecimiento de familiar directo del docente cesante, se le reconoce el importe de dos remuneraciones totales. Por fallecimiento del docente cesante, al familiar directo se le reconoce tres remuneraciones totales. Por gastos de sepelio, en ambos casos se les reconoce dos remuneraciones totales.
El documento también detalla que Geanella Reto Reyes y Ángel Flores Villalta, que ejercieron el cargo de directora de la Oficina de Asesoría Jurídica y director de Administración, respectivamente, dieron el visto bueno a 4 resoluciones directorales regionales donde se generó el reconocimiento indebido del beneficio de S/ 44,166, de lo cual se canceló S/ 43,075, importe que constituye un perjuicio económico. En total se canceló la suma de S/ 125,494.
Es por ello que los funcionarios que autorizaron estos pagos, Ángel Flores Villalta, Flor Vargas de Elera, Jaime Solano Castillo, Gianella Reto Reyes, Levy Dávila Señas y Roberto Salazar Ubillús configuran la presunta responsabilidad administrativa y/o civil, recomendando la Contraloría de la República a la entidad, el procedimiento sancionador por la visación de estas resoluciones directorales que conllevaron al pago ilegal de estos beneficios.