Juez Yuri Maquera asegura que defenderá su decisión tomada en base a argumentos. (Foto: Diario Correo)
Juez Yuri Maquera asegura que defenderá su decisión tomada en base a argumentos. (Foto: Diario Correo)

Frente a los cuestionamientos por no haber ordenado la prisión preventiva del policía Santiago Paco, principal sospechoso del asesinato de Judith Machaca Cauna, el juez Yuri Maquera Rivera salió a sustentar las motivaciones de dicha denegatoria. Dicha declaración la hizo dentro de los límites de la Ley 29277 y Sentencia TC 006-2009-PI/TC.

“Respecto del caso del investigado por delito de secuestro y robo agravado, Santiago Paco Mamani, se está informando de manera inexacta e incompleta en la mayoría de medios de comunicación (campaña de desprestigio), que no explican desde el análisis del cumplimiento de requisitos de la prueba indiciaria, a pesar que la resolución esta publicada en la web del Poder Judicial”, indicó.

Señaló que de modo periférico sin introducirse en el fondo, se puede indicar que la Fiscalía se apresuró en presentar dicha medida, por ello al 31 de diciembre del 2020 (fecha de la audiencia de prisión preventiva) no acreditó la vinculación del investigado con el delito.

“No logró construir un razonamiento de prueba indiciaria, la casi totalidad de los indicios presentados tenían contraindicios, no se halló el cuerpo a dicha fecha, no se presentó ningún levantamiento del secreto de comunicaciones, tampoco exámenes periciales de sangre, no presentó testigos directos ni indirectos del hecho, no se acreditó que las prendas halladas sean de la agraviada, el luminol en el vehículo salió negativo, una testigo menor de edad respaldaba la versión del imputado, dicha testigo no fue desvirtuada por la Fiscalía, la búsqueda del cuerpo con canes dio negativo”, aclaró el magistrado.

DICE QUE NO SE CUMPLIÓ LOS ESTÁNDARES PARA LA PRISIÓN PREVENTIVA

Recordó que la Fiscalía tenía otras tesis sobre la desaparición, ya que investigaba al conviviente de la agraviada por feminicidio, que la agraviada había salido de la ciudad y surgió la tesis del suicidio.

“La postura de la Fiscalía era en grado de probabilidad o posibilidad, no estaba segura del suceso, expresaba ‘posible muerte’ ‘victimada o secuestrada’, no cumplió con los estándares de sospecha para la prisión preventiva; así con el solo hallazgo del celular, no se podía imponer dicha medida, ello no es aceptado por el derecho, tienen que existir indicios plurales, convergentes, concordantes, contingentes, sin contraindicios; no se expuso ninguna regla de la lógica. Imponer prisión preventiva sin elementos de convicción es un peligro para la sociedad, no podemos crear precedentes de ese tipo, violentaríamos el principio de seguridad jurídica”, manifestó.

Precisó que la Fiscalía después del 31 de diciembre del 2020 recién está recabando nuevos datos (información pública) en dicha investigación, que no se conocían antes de esa fecha.

Finalmente añadió que “Se pretende a través de la criminología mediática (información inexacta de algunos medios que fomentan punitivismo) poner en peligro y vulnerar los principios de “Bangalore”, siendo uno la independencia de los jueces, la misma que defenderemos con decisión a través de nuestras resoluciones judiciales sin interferencia de terceros, solo siguiendo a nuestra conciencia”.