La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) en relación con el caso de Alberto Fujimori ha desencadenado un debate jurídico de proporciones. Aunque es importante destacar que la decisión del TC no implica la liberación inmediata del expresidente, el titular de esta institución, Francisco Morales, junto a los magistrados Gustavo Gutiérrez y Luz Pacheco, expresaron su posición a favor de la excarcelación de Fujimori.

Sin embargo, hubiera sido mejor que la retórica de los magistrados se plasmara de manera precisa en la sentencia para evitar interpretaciones ambiguas y garantizar la comprensión de todos los peruanos.

Mientras el país intenta descifrar las implicancias de la resolución del TC, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha ingresado a la escena, insinuando una supremacía sobre nuestras leyes. Este organismo internacional ha emplazado al Estado peruano a informar, en un plazo de seis días, sobre los acontecimientos relacionados con el indulto a Fujimori y ha recordado la imposibilidad de liberarlo. La pregunta que surge es inevitable: ¿Es esta intervención de la CIDH una extralimitación de sus atribuciones en los asuntos internos de Perú?

La incertidumbre persiste y se agudiza ante la posibilidad de que la decisión del juez de Ica tenga el poder de liberar a Fujimori. En este escenario, surge la interrogante sobre si el Estado peruano acatará la posición de la CIDH. Este episodio pone de manifiesto la necesidad de reflexionar sobre los límites de la injerencia de organismos internacionales en los asuntos nacionales, preservando la autonomía y soberanía del Estado peruano. Lo más importante es que se respete el estado de Derecho y el sistema jurídico de nuestro país. La justicia debe prevalecer sobre los intereses políticos e ideológicos.

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