En 2014 se instauró la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) en el marco de la vigente Ley Universitaria 30220. Se consideró una buena idea porque reemplazaba al antiguo régimen de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Siete años después, podemos decir que el único acierto de esa Ley y de la SUNEDU fue dejar sin poder a los viejos rectores, pues en cuanto a la calidad universitaria su impacto ha sido casi nulo. Eso sí, han proliferado los llenados extensos de formularios y la creación de engorrosos procesos dentro de las universidades que han limitado la creatividad de los profesores y las posibilidades de mejora de calidad. Las universidades, por su lado, tratan de no elevar demasiado el nivel para no espantar a los alumnos.

La SUNEDU debe continuar, pero no como ahora. Debe llevar el registro de grados y títulos reconocidos en Perú y elaborar dos instrumentos adicionales. El primero, un catastro de acreditadoras internacionales de calidad educativa, de las cuales, cada universidad debiera presentar dos con renovación cada cierto número de años. El segundo, un examen de egreso transversal por carrera, como requisito para el bachillerato. El alumno que lo apruebe, recién estaría capacitado para optar un título. De esta manera, se lograría estandarizar ejes temáticos básicos por carrera garantizando que un profesional domine un conjunto básico de conocimientos. Y además, que los alumnos opten por las mejores universidades –las cuales deberán competir– que les aseguren las mayores probabilidades de aprobar dicha prueba. En otras palabras, si un joven elige una universidad por fácil, tendrá en cuenta que tendrá pocas oportunidades de graduarse. Estas mejoras, junto a otras como liberar a los profesores de la edad tope de 75 años para dictar clase, convertirían a la actual Ley Universitaria ideologizada en una Ley que revolucione de verdad la calidad educativa.