Sicariato: Sancionarán desde 25 años de cárcel hasta cadena perpetua delito
Sicariato: Sancionarán desde 25 años de cárcel hasta cadena perpetua delito

A fin de enfrentar la ola delincuencial que vive el país, el gobierno promulgó el decreto legislativo que incorpora el delito de  al Código Penal.

La medida elaborada en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en coordinación con otras instituciones del Estado, define como delito de sicariato "al que mata a otra persona por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para un tercero, un beneficio económico o de cualquier otra índole".

Quien cometa ese delito será reprimido con pena privativa de libertad a no menor de 25 años y también recaerá a quien ordene, encargue, acuerde el sicariato o actuara como intermediario.

CADENA PERPETUA. Según el decreto legislativo que lleva la rúbrica del presidente ; el premier Pedro Cateriano; el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Gustavo Adrianzén; y el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, será reprimido con pena privativa de libertad de cadena perpetua, si la conducta descrita en el sicariato, se comete valiéndose de un menor de edad o de otro inimputable para ejecutar la conducta; para dar cumplimiento a la orden de una organización criminal; cuando en la ejecución intervienen dos o más personas.

Asimismo cuando las víctimas sean dos o más personas; cuando las víctimas estén comprendidas en los artículos 107 primer párrafo, 108 A y 108 B primer párrafo del código penal; y cuando se utilice armas de guerra.

También se sanciona la conspiración y el ofrecimiento para el delito de sicariato, con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años.

Cabe precisar que "conspiración" se entiende a quien promueva, favorezca o facilite el delito de sicariato; y a quien solicita u ofrece a otros, cometer el delito de sicariato o actúa como intermediario.

La norma precisa que la pena privativa de libertad para este delito de conspiración será no menor de seis ni mayor de diez años, si las conductas antes descritas se realizan con la intervención de un menor de edad u otro inimputable.