El jefe de la ONPE presentó lo que sería la cédula de votación para las Elecciones Generales 2026. Foto: GEC.
El jefe de la ONPE presentó lo que sería la cédula de votación para las Elecciones Generales 2026. Foto: GEC.

Con miras al proceso electoral del 2026, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Supremo N.º 054-2025-PCM, mediante el cual establece una serie de disposiciones para asegurar el principio de neutralidad de los funcionarios, directivos y servidores públicos en todas las entidades del Estado.

El decreto tiene como objetivo principal fortalecer el desempeño ético del personal del sector público y mitigar los riesgos vinculados a la participación política indebida. Las disposiciones son de cumplimiento obligatorio para todos los servidores públicos, sin importar el régimen laboral o contractual bajo el cual prestan servicios, incluyendo a las empresas públicas.

Uso de bienes y recursos públicos

Entre las principales restricciones figura la prohibición de realizar propaganda política dentro o fuera de las instituciones públicas durante el horario laboral, así como en comisiones de servicio. Se prohíbe también el uso de infraestructura, equipos, vehículos o materiales del Estado para fines proselitistas.

Los funcionarios tampoco podrán permitir el ingreso de candidatos o simpatizantes políticos a locales institucionales con fines electorales, ni insertar símbolos, imágenes o lemas partidarios en bienes públicos o de uso institucional.

Publicidad estatal e imagen institucional

El decreto establece, además, restricciones en la publicidad estatal. Se prohíbe a los servidores públicos prestar su imagen, nombre o cargo en campañas publicitarias, así como utilizar elementos vinculados a partidos políticos, ya sea de forma directa o indirecta.

Asimismo, se impide la elaboración o autorización de contenidos estatales que contengan colores, frases o símbolos identificados con alguna agrupación política.

Tratamiento de información y uso del cargo

Las disposiciones también regulan el uso de datos públicos. Está terminantemente prohibido utilizar información recopilada por el Estado para favorecer o perjudicar a candidatos u organizaciones políticas. Del mismo modo, se sancionará la entrega de información confidencial o la manipulación de datos con fines electorales.

Respecto al uso del cargo, se establece que ningún funcionario podrá condicionar servicios públicos, contratar o despedir personal por motivos políticos, ni hacer proselitismo durante su jornada laboral o en actos oficiales. También queda prohibido utilizar el cargo para influenciar en la intención de voto o forzar afiliaciones partidarias.

Denuncias y fiscalización

El decreto establece que todos los funcionarios tienen el deber de denunciar actos que violen el principio de neutralidad. Cualquier ciudadano podrá presentar denuncias, incluso de forma anónima o reservada, a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano () o por otros medios habilitados por el Estado.

Estas medidas buscan resguardar la imparcialidad del aparato estatal en el proceso electoral, garantizar elecciones transparentes y fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones públicas.