Un día como hoy, a las 11:00 a.m. -hora de Lima-, el 27 de enero de 2014, Peter Tomka, presidente de la Corte Internacional de Justicia, terminaba de leer el fallo, conforme el estatuto y el reglamento de la Corte, del caso incoado por el Perú contra Chile sobre la delimitación marítima que estaba pendiente. En nuestro país, nadie puede arrogarse la victoria jurídica. Primero, porque la obtuvimos gracias a la bondad del derecho internacional, que consagró a nuestro favor el principio “Tierra domina el Mar” por ser país costero; y, en segundo lugar, porque fue asumido como un asunto de Estado, pues intervinieron tres gobiernos: el de Toledo en su parte sustantiva, primero requiriendo informes a connotados juristas internacionales y seleccionando a los abogados extranjeros que defenderían la causa nacional y, segundo, logrando la difícil tarea de darle forma a la controversia llegándola a sustanciar en el 2004; el de García, primero en 1986, durante su primer gobierno, en que se planteó por primera vez bilateralmente el problema a Chile, y después, en su segundo mandato, concentrado en la fase adjetiva o procesal del juicio al activar históricamente la demanda (2008) y luego presentar las piezas escritas (memoria y réplica) -que el excanciller Luis Marchand Stens y el suscrito leímos íntegramente, además de la contramemoria y la dúplica chilenas, en la fase confidencial del juicio, durante el proceso de transición democrática en 2011, para informar y sugerir debidamente al nuevo presidente del Perú, conforme nos fue requerido-; y, finalmente, el gobierno de Humala, al que le correspondió afrontar la fase oral o de exposición de alegatos, recepción de la sentencia y su implementación, cumpliendo cabalmente el mandato de ubicar en la orilla del mar el punto exacto (coordenadas geográficas) del inicio del límite marítimo establecido por la Corte.